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SESION DE 28 DE ENERO DE 182O
Pesos Rls.
en el bienio de 1816 i 17; tiene en su abono el importe de varias partidas de clavazon i otros efectos que se le pidieron para gastos de la Maestranza, cuya cuenta no se ha liquidado porque solicita se le paguen a mayor precio que el de su tasacion; a mas de esto, se ha formado concurso de acreedores a sus bienes, que parece están rematados, aunque con plazo, i de ellos se cobrará lo que falte despues de abonado el valor de las especies referidas. 4,765 3
A oficios vendibles
Pesos Rls.
Núm. 22. —Don Juan Francisco Meneses, prófugo, debe 867 pesos 5½ reales, de una escribanía pública de esta ciudad, que remató en 11 de agosto de 1808. Antes de pagarlos, renunció el oficio para que el Erario se cubriese con el producto de su nueva venta, afianzando las resultas con don Antonio Aranguiz; no llegó el caso de venderse, i como posteriormente dispuso el Supremo Gobierno que no se rematasen tales oficios, se adjudicó gratuitameute el de Meneses a don Fernando Olivares, en cuya virtud yiidió aquél se le cancelase la deuda; pero no recayó providencia, i así se mantiene hasta lo presente. 867
Núm. 23. —Don Ramon Rebolledo debe 177 pesos 5 reales, resto de 650 en que remató otra escribanía pública de las del número de esta ciudad en 7 de Abril de 1809; i como desde la entrada de nuestro Ejército se le privó de la renta que tenia por escribano del Consulado, con que estaba pagando, no ha podido recaudarse lo que resta, ni creemos pueda conseguirse por su total insolvencia. 177 5
Núm. 24. —Don José María Bravo de Naveda debe 1,350 pesos en que remató la escribanía pública de la ciudad de Talca en 30 de Enero de 1813 bajo la fianza de don Joaquín Echavarría; se han practicado varias dilijencias para su cobro, i se nos respondió que el Gobernador de Talca, que es deudor, estaba insolvente; por lo que repetimos contra su fiador Echavarría, quien se escusa al pago porque de orden suprema se le ha quitado la escribanía a Bravo, nombrando otro en su lugar i en este estado se halla el espediente. 1,350
Núm. 25. —Don Diego Contador debe 666 pesos 5½ reales, resto de mil en que remató en 12 de Setiembre de 1816 el oficio de Contador entre partes, debiendo cubrir aquel resto en dos años por mitad; como su remate fué sin fianza i el deudor no tiene bienes conocidos, se ha procurado por todos los medios imajinables conseguir su pago i aunque lo ha prometido infinidad de veces, nunca lo ha ejecutado i creemos preciso que se le suspenda el oficio hasta que lo verifique, a cuyo fin lo representaremos a la Superioridad en pasando estos dias. 666
A Haber Decimal
Pesos Rls.
Núm 26. —Don Cayetano Guzman i sus fiadores don Juan Antonio Carrera i don Antonio Aránguiz deben 12,681 pesos 6 3/4 reales del diezmo de esta ciudad rematado en Marzo de 1811; sobre su recaudacion sabemos haberse seguido un voluminoso espediente que se ha perdido, según se nos ha informado, i que estaban embargados los bienes del fiador Carrera, de que nada se ha cobrado; con todo, reconvenida doña Dolores Meneses, mujer de Carrera, dice que su casa la desocupará cuando se halle quien la compre i que entretanto se le permita vivir en ella; i hemos consentido en ello por razones que haremos presentes a su tiempo; así se halla este asunto que ajitaremos cuanto sea posible en pasando los apuros en fin de año. 12,681
Núm 27. —Don Francisco Illescas i sus fiadores, finados don Manuel Antonio Talavera i don Agustin Antúnez, deben 3,971 pesos 5 reales, resto del diezmo de Maule rematado en Marzo de 1811. Despues de un largo espediente seguido sobre concurso a los bienes de Talavera, se promulgó sentencia i para cubrir esta deuda se adjudicaron varias dependencias i