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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo III (1819-1820).djvu/626

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SENADO CONSERVADOR
Pesos Rls.
sobre cuyo pago hai espediente iniciado, pero como el principal deudor dejó bienes que le están secuestrados, resisten la entrega. 3,883 7
Núm. 65. Don Felipe Chaparro debe 500 pesos que en tiempo del Gobierno real habia recibido para compra de plomos, de que no ha rendido cuenta, i aunque en providencia de 12 de Junio de 817 se mandó que por secretaría se oficiase al Teniente-Gobernador de Aconcagua, donde existia el deudor, le hiciese comparecer a dar razon, hasta ahora no lo ha verificado. 500
Núm. 66. Don Lucas Montt, vecino de Petorca, debe 84 pesos 3½ reales, resto de mayor cantidad que en tiempo del Gobierno real recibió, a pagar en plomos, cuya recaudación está encargada a nuestro teniente de aquel partido. 84
Núm. 67. Don Juan de Dios Laforest, contador de diezmos, debe 147 pesos 4 reales del primer plazo de la media annata de su empleo, cumplido en 4 de Marzo del presente año, según la regulacion pasada por el tribunal de cuentas, i sobre cuyo pago tenemos reconvenido al deudor. 147 4
Núm. 68. Don Francisco Tagle debe 3,000 pesos en que por auto de la junta superior de hacienda, se le obligó a pagar por mayor cantidad de pesos que recibió en tiempo del Gobierno real en pago de cal que debia aprontar para la obra del cerro de Santa Lucía i que no verificó; i reconvenido por su cubierto, dice que lo hará con el importe de la cal que está entregando para obras del Estado. 3,000
Núm. 69. Don Juan Manuel Cruz debe 1,989 pesos, resto de 25,000 en que lo multó el Supremo Gobierno por una causa criminal que se le siguió i como tiene entregada la mayor parte i ofrecido verificarlo por este pico, lo hemos aguardado hasta lo presente. 1,989
Núm. 70. El Teniente-Gobernador de Aconcagua i su Cabildo deben 550 pesos de que hicieron uso de los fondos fiscales para gastos de las funciones de aquella ciudad en Febrero de este año, i por providencia de 3 de Abril del mismo se mandó que los repusiesen buscando los arbitrios que les pareciesen; se han hecho varias reconvenciones i hasta ahora no han surtido efecto. 550
10,496


A secuestros
Pesos Rls.
Núm. 71. Don Antonio Montaner debe 285 pesos 4 reales de una dependencia con el prófugo don Rafael Beltran, i por mas providencia que ha espedido la superioridad a representacion nuestra, nada se ha conseguido hasta ahora. 285 4
Núm. 72. Doña Isabel Nuñez de Guzman, viuda de don Juan de Dios Cuadra, debe 2,000 pesos que don Enrique Cardoso tenia entregados a éste por arrendamiento de un potrero de su pertenencia, cuya cantidad por providencia de 14 de Octubre de 817 debe entregar en Febrero de 1821, i en cumpliéndose el plazo ajitaremos el cobro. 2,000
2,285 4


Resúmen
A lotes de la Perla corresponde. 4,973 0
A efectos secuestrados. 19,752
A capitales de hacienda i casas secuestradas. 174,559
A intereses vencidos de id. 8,909
A ramo de licores. 18,343
A arbitrios por el derecho de la leña etc. 3,675 1
A Hacienda en común por varias deudas 10,496
A secuestros 2,285 4
242,993


Advertencias
  1. Que en los fundos de casas i haciendas secuestradas sabemos extrajudicialmente cargan en ellos varios principales de censos de capellanías. De éstos se irá tomando razon, según se vayan presentando los espedientes que los justifiquen. Al mismo tiempo se ajitan varias instancias contra los propios fundos por créditos pasivos de los fugados.
  2. Que no se ha puesto en la razon anterior la deuda de ramo de panaderías, porque no ha podido conseguirse que el encargado de su pago