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SENADO CONSERVADOR
- Pídese informe sobre un recurso entablado por don Domingo Canseiro en demanda de que se le exima de pagar la cuota tributaria.
- Declárase que doña María del Cármen Goicolea no está obligada a pagar mas que la cuota mayor de las dos que se fijaron a su finado marido.
- Provéese un recurso de don Pedro Aldunate sobre pago de la cuota tributaria.
- Pídese informe sobre una solicitud entablada por don Joaquin Gutierrez en demanda de que se le absuelva de toda cuota tributaria.
Sesion en 15 de noviembre
Páj. 379
- Apruébase un informe i un reglamento presentados por el Gobernador del Obispado sobre inmunidad eclesiástica.
- Ordénase la recaudación de las cuotas de contribución a la espedicion del Perú en conformidad a cierta lista.
- Redúcese a cien pesos la cuota de contribución de don Domingo Canzeiro.
Sesion en 19 de noviembre
Páj. 382
- Avísase el recibo de 44 pliegos de contribuyentes ausentes, muertos e ignorados.
- Mándase pagar sin descuento la pensión de doña Escolástica Ruiz.
- Declárase que solo en la capital es inescusable la firma de letrado.
- Declárase que tlon Silvestre Valdivieso no está obligado a pagar mas que la mayor de las dos cuotas que se le han fijado.
Sesion en 20 de noviembre
Páj. 382
- Avísase el recibo de 44 pliegos de contribuyentes ausentes, muertos e ignorados.
- Mándase pagar sin descuento la pensión de doña Escolástica Ruiz.
- Declárase que solo en la capital es inescusable la firma de letrado.
- Declárase que tlon Silvestre Valdivieso no está obligado a pagar mas que la mayor de las dos cuotas que se le han fijado.
Sesion en 20 de noviembre
Páj. 388
- Acuérdase discutir en la sesión del 22 el reglamento de comisos i dar las gracias a los autores del proyecto.
- Ordénase a la comision del cementerio averiguar las rentas del Hospicio.
Sesion en 22 de noviembre
Páj. 391
- Declárase que doña Magdalena Gacitúa debe sufrir en la percepción de su montepío el rateo que se hace en todos los ramos de hacienda.
- Declárase que doña Josefa Irigóyen no está obligada a pagar mas que la cuota mayor de las dos que se le han fijado.
Sesion en 24 de noviembre
Páj. 393
- Declárase que el montepío de doña Magdalena Gacitúa debe sufrir el rateo de todos los ramos de hacienda.
- Mándese cincundar de una muralla la casa de pólvora.
- Acuerdase asistir a la publicacion de la bula de cruzada.
- Declárese que don Santiago larrain está obligado a pagar solo la cuota mayor de las dos que se le han fijado.
- Ordénase al presbítero don José Francisco ruiz de Ovalle pagar la cuota correspondiente a cierta testamentaría de que es albacea.
- Pídese dictámen sobre si en los casos de permuta se debe pagar doble alcabala o nó.
Sesion en 26 de noviembre
Páj. 401
- Aplázase la creación del cuerpo de injenieros militares hasta que mejore el Erario.
- Declárase que los estranjeros no pueden gozar de ciertos privilejios reservados a los chilenos sino nacionalizándose.
- Requiérese al Supremo Director por el establecimiento de un lianco de rescate.
- Concédese un nuevo plazo de tres dias a don Pedro Palazuelos para pagar su cuota de contribución.
Sesion en 27 de noviembre
Páj. 404
- Prohíbense las suscriciones colectivas.
Sesion en 28 de noviembre
Páj. 406
- Declaranse admisibles en los tribunales del Consulado i de minería los recursos firmados por letrados, i obligatorio el que todos los escritos vayan así firmados.
- Pásase a don Francisco B. Fontecilla un recurso de doña María Supina con encargo de absolver de toda contri bucion a don Domingo Canzeiro.
- Deniégase una solicitud de don Julián Sebastian Zillorueto en demanda de que se le exima de contribución.
- Declárase que don Andrés Santelices no está obligado a psgar mas que la cuota mayor de las dos que se le han fijado.
- Deniégase una solicitud de don Julián Zirilluelo en demanda de plazo para pagar una contribución.
- Redúcese a 250 pesos la cuota que don Francisco Bustamante debe pagar.
- Redúcese a 25 pesos la cuota tributaria de don Antonio Cañas i Cerda, i a 200 pesos la de don Ramón Errázuriz.
- Pídese dictámen sobre la tramitación de los recursos de gracia.
Sesion en 7 de diciembre
Páj. 409
- Dispónese que los recursos de gracia se dirijan al Supremo Director, i los de justicia a los tribunales ordinarios.