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SENADO CONSERVADOR
- Sanciónase la carta de ciudadanía de don Juan Abello.
- Establécese el recurso de súplica en los juicios comerciales de ménos de 400 o 500 pesos. (Véase sesión anterior.)
Sesion en 18 de diciembre
Páj. 458
- Dispónese que se reserve para la construcción del cementerio la paja que tengan los vecinos de aquel establecimiento.
- Apruébase un reglamento de comisos i confiscaciones.
- Pídese informe a don Juan José de Echeverría sobre los pensionados de San Rafael de Rosas.
- Declárase que al Supremo Director corresponde nombrar el tercero en discordia de la clase de los abogados, i que no es menester dictar nuevas penas contra los letrados procaces.
Sesion en 20 de diciembre
Páj. 465
- Pídese una resma de papel de oficio.
- Pásase a la Junta censoria un artículo de El Telégrafo sobre el bello sexo.
- Insístese en el acuerdo que declara corresponder al Ministerio de Gracia i Justicia el despacho de pasavantes.
Sesion en 22 de diciembre
Páj. 471
- Declárase que los decretos del Gobierno, para ser obedecidos, deben ir refrendados por los Ministros, i que el pase de las patentes eclesiásticas es un atributo de la potestad del Estado.
- Declárase que don Cárlos Correa está obligado a pagar la contribución que debe la testamentaría de don Manuel Mena.
- Mándase apresurar los preparativos de la espedicion a Lima.
- Sanciónase la carta de ciudadanía de don Diego Whittaker.
- Declárase que don Isidoro Errázuriz no está obligado a pagar por costas de cierta ejecución mas que las que le corresponden según arancel.
- Sanciónase la carta de ciudadanía de don Manuel Antonio Viancos.
Sesion en 23 de diciembre
Páj. 476
- Comunicase al Gobierno la sanción de varias cartas de ciudadanía.
- Mándase hacer efectivas las cuotas de contribución asignadas a los vecinos de la Ligua.
- Recházase una representación del Consulado en demanda de que se le permita admitir escritos sin firma de letrado.
- Pásase al Gobierno cierto espediente seguido por don Juan Egaña para que se declare que no le obliga cierta lei.
- Declárase que los pescadores de Iiucalemu deben ocurrir a la justicia ordinaria a obtener el uso común de aquella laguna.
- Permítese a don Rudecindo Manuel de Echevers pagar la contribución que adeuda con los intereses del principal que la Tesorería Jeneral reconoce en su favor.
- Sanciónase la carta de ciudadanía de don Bartolomé Mata.
Sesion en 3 de enero
Páj. 480
- Declárase que el procurador jeneral debe ser elejido por aquel Cabildo al cual va a prestar sus servicios.
- Recházase un proyecto de impuesto sobre las harinas.
- Dispónese que don Domingo Eyzaguirre presle ciertas herramientas al encargado de la obra del panteón.
Sesion en 5 de enero
Páj. 484
- Mándase averiguar el consumo de harina en cada panadería.
- Declárase que la real órden del 26 de Julio de 1809 sobre nombramiento de tercero en discordia no rije en Chile, i fíjase la clase de personas de donde él debe ser nom brado.
Sesion en 7 de enero
Páj. 487
- Declárase a quienes corresponde entender en las alzadas de las causas de comercio i de minería.
Sesion en 10 de enero
Páj. 489
- Acuérdase comunicar al Supremo Director unas declara