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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo II (1818-1819).djvu/295

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SESION DE 18 DE FEBRERO DE 1819

el Supremo Gobierno, omitiéndose dar razon del progreso i estado de las causas que orijinan la afliccion de la humanidad en aquellos lugares de horror, con los medios proporcionados para aliviarla. En vano habrian sido tan ímprobos sacrificios, tanta sangre que ha derramado Chile por el triunfo de la libertad de la Nacion, si la arbitrariedad que nos ha hecho jemir por tres centurias no habia de caer en tierra, i perecer para siempre su nombre i memoria. Mereceríamos decaer del rango elevado de hombres libres al estado abyecto i miserable de esclavos si no lográsemos que la vida i honor del ciudadano vivan protejidos bajo el impenetrable muro de la Justicia. El Senado no solo quiere precaver los abusos que se esperimentan en esta línea, sino que se haga público el procedimiento de los Majistrados en todos los casos, a fin de que la notoriedad sirva de estímulo contra la morosidad de estos procesos, que tanto perjudican, i, que al mismo tiempo, sirva el remedio de freno al exceso que pudiera hacerse de esta autoridad, respetable i sagrada cuando se ejerce con relijiosidad, pero tambien terrible e intolerable si se prostituye. Espera el Senado que la Cámara llenará los designios propuestos en instruir el resultado de las visitas de cárcel, clamando por esta vijilancia imperiosamente la humanidad, nuestra Constitucion i los derechos mas sagrados del hombre. —Dios guarde a VV. SS. muchos años. —Santiago, Febrero 18 de 1819. —A los señores de la Cámara de Apelaciones.


Núm. 406

Me ordena el Excmo. Senado diga a Ud. que apurando el Excmo. Señor Supremo Director por el reglamento de presas, es urjentísimo se sirva pasarle el proyecto que le pidió en union con el doctor don José Gregorio Argomedo, debiendo agregarse el nombramiento del juzgado que debe conocer de esta clase de negocios. —Dios guarde a Ud. muchos años. —Santiago, Febrero 18 de 1819. —Al señor don Rafael Correa.