Ir al contenido

Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo II (1818-1819).djvu/443

De Wikisource, la biblioteca libre.
Esta página ha sido validada
441
SESION DE 26 DE ABRIL DE 1819

tualizada. El Senado debe tener con anticipacion noticia así de las cátedras de la Universidad como de los individuos que se presten a dictarlas en el Instituto. US., para darla, podrá juntar al claustro i catedráticos, pasando su acuerdo i lo que resuelvan, de modo que pueda procederse a las ulteriores resoluciones que deben dictarse.

De órden de S. E. lo comunico a US. para su cumplimiento. —Dios guarde a US. —Santiago, Abril 26 de 1819. —Al señor Rector de la Universidad.