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SESION DE 11 DE NOVIEMBRE DE 1818

mando los señores senadores con el infrascrito secretario. —José Ignacio Cienfuegos. —Francisco B. Fontecilla. —Francisco Antonio Perez. —Juan Agustin Alcalde. —José M. de Rozas. —José María Villarreal, secretario.


ANEXOS

Núm. 62

Paso a manos de US. la razon circunstanciada que de órden del Excmo. Senado me pide US. de los empleádos en esta Administracion Jeneral, los destinos respectivos de cada uno i los sueldos que gozan, como asimismo de los resguardos de cordillera i de mar. (Véase la sesion del 27 de Octubre.)

Por lo que hace a la seguridad de los cargamentos que se traen de Valparaíso a ésta, he tentado todos los medios de conseguirla i aun ha corrido espediente sobre el particular, del que resultó que el Supremo Gobierno decidiese que debian marchamarse, i es lo mejor, siempre que el sello esté bajo de tres llaves, es decir, una en poder del Administrador, otra el Comandante del Resguardo, i otra el Alcaide; esto mismo debia hacerse con respecto a los almacenes de Aduana, pues ya ha habido quien se haga rico en Valparaíso con la suplantacion dentro de los mismos almacenes.

Si se trata de que en la Aduana de Valparaíso se rejistren todos los efectos, a mas de ser esta operacion pesadísima i casi impracticable, será contravenir el artículo 154 del Reglamento de Libre Comercio, que previene se rejistren los efectos, siendo de la mayor prudencia, sin destrozar facturas, lo que seria indispensable si se hubiese de tomar razon por menor del contenido de cada fardo o cajon. Tengo entendido que cuando el comerciante quiere proceder de mala fe, no hai arbitrio que baste a contenerlo, porque si se obstruye un canal, ellos se proporcionan otro. Si con motivo de un prolijo rejistro en Valparaíso no pueden hacer el contrabatido por aquella via, lo hacen por cualesquiera de sus inmediaciones, i esto no tiene otro remedio que tratar de evitar el mayor mal; éste está evitado con marchamar todas las piezas de un modo que no pueda abrirse fardo o cajon alguno sin conocerse.

Debo advertir a US. que la Capitanía del Puerto de Valparaíso es uno de los conductos seguros para hacer el contrabando, i esto está evitado con que sus funciones las haga el Comandante del Resguardo (pues no son otras que tratar del aseo del puerto i el rol de la marinería). Con esta buena obra lograria el Estado el ahorro de un sueldo, i las gratificaciones que tiene dicha capitanía de todos los buques, quedarian a favor de nuestro Erario.

La otra puerta franca para proporcionar el contrabando es la que abren los buques de guerra, los que en nada están sujetos al Resguardo; mas esto puede evitarse sujetándolos a la Ordenanza de dicha renta.

Dios guarde a US. muchos años. —Administracion Jeneral de Alcabalas. —Santiago, 10 de Noviembre de 1818. —José Manuel Astorga. —Señor Secretario del Excmo. Senado.


Núm. 63

Razon que manifiesta los sueldos i descuentos que tienen mensualmente los Ministros, Oficiales i demas empleados de esta Administracion Jeneral, a saber:

Sueldo
mensual.
Descuento. Quedan
líquidos
Administrador don José Manuel Astorga: este empleo tenia de dotacion $ 3,000 anuales, pero hoi está reducido a $ 2,000; le corresponden $ 166.5 25 141.5
Contador don Cárlos Rodriguez con $ 1,500 125 15 110
Tesorero don Juan Manuel Basso con $ 1,500 125 15 110
Oficiales de la Contaduría
Primero, don José María Perez Villa Amill, con la asignacion de $ 600 anuales; le corresponden $ 50 2.4 47.4
Segundo, don Cayetano Guzman, con $ 500 41.5 1.5¼ 39.7¾
Tercero, don Juan Antonio Olarquiaga, con $ 400 33.2½ 1 32.2½
Cuarto, don Francisco Borja Formas, con $ 400 33.2½ 1 32.2½
Quinto, don José Agustin Yaneti, con $ 300 25 4 24.4
Amanuense del Administrador, Francisco Montenegro, con $ 300 25 4 24.4
Oficiales de la Tesorería
Don Juan Fermin Bruner, con $ 500 $ 41.5 1.5¼ 39.7¾
Interino, don José Ignacio Robles, con $ 300 25 4 24.4
Contador de moneda don Juan Antonio Nieto, con $ 350 29.1¼ 7 28.2¼
Vista de Salida don Santiago Gandarilla, con $ 1,000 83.2½ 7.4 75.6½
Id. de entrada con funcion de primer alcaide, don Ramon Vargas, con $ 1,000 83.2½ 7.4 75.6½
Marchamista o segundo alcaide don José Antonio Prieto: la dotacion de esta plaza es de $ 300, pero a éste le están asignados por superior decreto $ 480 40 1.4¼ 38.3¾ v