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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo IV (1820).djvu/222

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SENADO CONSERVADOR

todos. —Palacio Directorial de Santiago de Chile, Junio 12 de 1820." —Dios guarde a V.E. muchos años. —Palacio Directorial, Junio 12 de 1820. —Bernardo O'Higgins. —Excmo. Senado.


Núm. 331

Excmo. Señor:

Se conforma el Senado en que V.E. proceda a la provision de dos prebendas de las vacantes de esta santa iglesia Catedral, suspendiendo, para este solo caso i por los fundamentos que anuncia V.E. en la nota 10 del que rije, la acordada prohibicion, i entendiéndose que esta alteracion no debe servir de ejemplar para los pretendientes que intenten su colocacion a la sombra de ella. —Dios guarde a V.E. —Santiago, Junio 12 de 1820. —Al Excmo. Señor Supremo Director.


Núm. 332

Excmo. Señor:

Aprueba desde luego el Senado los nuevos planes formados sobre el pié en que deben quedar la aduana jeneral de esta capital i la principal de Valparaíso, devolviendo a V.E. los dos presupuestos demostrativos, que se remitieron, para que se sirva disponer la ejecucion i cumplimiento, debiendo solo advertir que, los empleos de administrador, contador i vista de Valparaíso, tienen mui escasa i miserable dotacion, i que, para conciliar la mejor administracion, para lo grar buenos i honrados servidores, haciéndose apetecibles estos destinos, es inevitable que por ahora se señale a cada uno de ellos la dotacion de dos mil pesos sin descuento i con el privilejio de que, a los que no tengan casa en aquel puerto, se les costee de cuenta del Erario, teniendo V.E. presente que en Valparaíso son doblemente costosos los alimentos que en esta capital. No es economía limitar las asignaciones de los que sirven si se les espone a perecer o a cometer excesos que causan la pérdida del servidor i la ruina del Erario, i así, como para conseguir que ciudadanos de honor, de ilustracion i crédito público se consagren enteramente a servir a su patria con empeño, intereses i fidelidad, es necesario darles lo que han menester para su subsistencia; (debiendo ser esta una regla jeneral para todas las clases de los empleados) será consiguiente que V.E. delibere sobre el aumento de los sueldos del administrador, contador i vista de la aduana principal de Valparaíso, pudiendo resolver se auxilie al comandante del resguardo con los doscientos pesos mas sobre el sueldo de su dotacion. —Dios guarde a V.E. —Santiago, Junio 12 de 1820. —Al Excmo. Señor Supremo Director.


Núm. 333[1]

NUEVA PLANTA DE LA ADUANA PRINCIPAL DE VALPARAÍSO
Habrá dos Ministros, con el título de jefes de aduana, contador i tesorero, que despacharán de conformidad, lo mismo que los Ministros de la tesorería jeneral, cada uno con la dotacion de dos mil pesos anuales $ 4,000
Don N., oficial primero, con ochocientos $800
Don N., oficial segundo, con setecientos $700
Don N., oficial tercero, con quinientos $500
Don N., oficial cuarto, con cuatrocientos cincuenta $450
Don N., oficial quinto, que hará también de contador de moneda, con cuatrocientos $400
Oficina de Vista
Un vista, con mil quinientos $1,500
Oficina de la Alcaidía
Un alcaide, con funciones de vista, con ochocientos $800
Un oficial primero, con quinientos $500
Un oficial segundo, con cuatrocientos $400
Un rondin, que hará también de portero, con doscientos $200

De conformidad con el Excmo. Senado, queda aprobada la nueva planta de la aduana principal de Valparaíso, i en uso de las facultades que me competen por la Constitucion provisoria i por acuerdo del Supremo Poder Lejistalivo, nombro Ministro contador al que actualmente lo es, don Manuel Guzman, i tesorero a don Pedro Trujillo, oficial primero a don Anjel Prieto, oficial segundo a don Diego González, oficial tercero a don Agustin Llagos, oficial cuarto a don Pablo Guzman i oficial quinto a don Toribio Flores. Vista de entrada i salida a don Juan Agustin Beyner, i alcaide con funciones de vista a don Bartolomé Ramírez; oficial primero de la alcaidía a don José María Hernández; oficial segundo a don Blas Roman, rondin i portero al que me propongan los jefes. —Tómese razon. Comuníquese a la intendencia i al gobernador de Valparaíso, para su intelijencia i cumplimiento en la parte que les toca. —Palacio Directorial



  1. Las dos plantas de empleados de la Aduana de Valparaíso i de la de Santiago han sido tomadas de la Gaceta Ministerial. (Nota del Recopilador.)