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SENADO CONSERVADOR
  1. Suspender las sesiones del Senado hasta despues de la Pascua de Reyes.
  2. En el espediente de don Julian de Yécora, lo que sigue:
"Por lo que ministra el espediente sustanciado por el español europeo don Julian de Yécora, por su antigua vecindad, por la moderacion de sus operaciones, por los servicios prestados en honor de la madre patria, por el cariño que ha tenido a los americanos i, en fin, por el interes con que ha tratado de aliviar sus angustias i las opresiones del Gobierno español, sanciona el Senado la carta de ciudadanía. Archívese el espediente i, dándose al interesado copia del decreto aprobatorio, devuélvase la carta con el certificado que acredite la sanción."
  1. En el espediente de don José de Belaunzarán, lo que sigue:


"La sincera esposicion de don José de Belaunzarán, natural de Guipúzcoa, en Vizcaya, i la confesion que hace de que ama la independencia por oríjen; i la informacion que ha producido de la buena conducta que ha observado, incitan al Senado a sancionar la carta de ciudadanía que le fué despachada por el Excmo. Señor Supremo Director, con la calidad de haber de sujetarse el agraciado al cumplimiento de la lei que se dictará para el efecto de la gracia. Archívese el espediente i, dándose al interesado copia del decreto aprobatorio, devuélvase la carta con el certificado que acredite la sancion."


ACTA

En la ciudad de Santiago de Chile, a dieziocho dias del mes de Diciembre de mil ochocientos veinte, congregado el Excmo. Senado en su sala de acuerdos i en sesiones ordinarias, se examinó lo instruido por el Teniente-Gobernador del partido de San Fernando sobre las maquinaciones que se proyectan en perjuicio de la tranquilidad pública, negociándose la eleccion del nuevo Cabildo que se acerca, quizá con miras ofensivas a la actual administracion; i mandó S.E. se pasara al Supremo Director con la lista de vecinos de la parte sana en que conviene recaiga la eleccion de un cuerpo que es el eje i muelle que deben dirijir las obras de aquel partido, para que, recordándose lo acordado por S.E. sobre las penas con que debían ser escarmentados los infractores de la Constitucion i dilijenciarios de suscriciones, se sirviera tomar las providencias que estimara conducentes al objeto de consultar la tranquilidad i sosiego de aquella provincia, ha ciendo las prevenciones oportunas al Teniente-Gobernador para que, supuesto que con confianza se descansa en su conducta i comportacion, se le prevenga lo que debe obrar en utilidad de aquel vecindario i en honor del Gobierno. I, ejecutadas las comunicaciones, firmaron los señores senadores con el infrascrito secretario. Fontecilla. —Perez. —Alcalde.—Rozas. —Cienfuegos.—Villarreal, secretario.

En el mismo dia i por consecutiva discusion, determinó S.E. que, suspendiéndose las sesiones del Cuerpo, parara el despacho desde el dia de mañana, 19 del que rije, hasta pasada la Pascua de Reyes, que es el tiempo feriado i vacacion de los tribunales i oficinas, teniendo presente S.E. que si es indispensable algún descanso en los oficinistas, debe proporcionarse el que presenta el actual feriado. I, ordenando S.E. se pusiera constancia en el acuerdo de esta determinación, firmaron los señores senadores con el infrascrito secretario.Fontecilla. —Perez. —Alcalde.—Rozas. —Cienfuegos.—Villarreal, secretario.


ANEXOS

Núm. 733

Excmo. Señor:

Con la mas alta consideracion, vuelvo a pasar a manos de V.E. la solicitud de la viuda del auditor de guerra del ejército libertador del Perú, que V.E. se ha servido devolverme para una sustanciacion que creo escusada, porque Font no tenia empleo militar efectivo, sino el grado de coronel, que no da opcion al monte, como tampoco se la da la auditoría de marina, que sirvió, ni la del ejército libertador del Perú por nombramiento de esta supremacía, viniendo a ser el memorial de pura gracia, en que no obran mas fundamentos que los espuestos por la viuda, i que no está en mi arbitrio otorgar sin la suprema decision de V.E. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Palacio Directorial de Santiago, Diciembre 18 de 1820. —Bernardo O'Higgins. —Dr. José Antonio Rodríguez. Excmo. Senado del Estado de Chile.


Núm. 734[1]

Excmo. Señor:

Tengo el honor de representar a V.E. que

  1. Este documento ha sido trascrito del volumen titulado Legislaturas, 182c—23, pajina 112 vuelta, del archivo del Ministerio de la Guerra. (Nota del Recopilador.)