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SESION DE 11 DE MARZO DE 1824
  1. támen en el dia (Anexo núm. 204. V. sesion del 12.)
  2. Mandar que se devuelvan al Ejecutivo los documentos relativos al empréstito de Londres, dejándose copia de ellos, i pedir con el mismo objeto a los directores de la caja de descuentos los que se hallan en esta oficina. (Anexo núm. 205. V. sesiones del 16 bis de Marzo i del 7 de Abril de 1824.)
  3. Pedir por Secretaría al señor Ministro de Hacienda el presupuesto de las entradas i las cuentas de su inversion, a fin de deliberar sobre el anticipo de 150,000 pesos solicitado por el Gobierno. (Anexo núm. 206. V. sesiones del 26 de Febrero, del 13 i del 18 de Marzo i del 4 de Mayo de 1824.)
  4. Elejir para edecanes del Senado a los tenientes coroneles don Pedro José Reyes i don José María Soto, i comunicarlo al Gobierno. (Anexo núm. 207. V.sesion del 15.)

ACTA

Se abrió con la lectura del acta anterior i fué aprobada i rubricada por el señor Presidente.

Dió cuenta el señor senador don José Antonio Ovalle, de haber pasado a la inspección fiscal i que, no encontrando alguno de estos funcionarios, habia citádolos a la sala del Excmo. Senado; concurrieron éstos i, reconvenidos por la falta de despacho, espusieron no tener oficina ni demás preparativos para el desempeño de su cargo, concluyendo que habian hecho dimision de sus destinos.

Se acordó que hiciesen sus jestiones ante quien corresponda; entretanto, continúen en el desempeño de su cargo.

Se trajo a consideración el proyecto de lei sobre estanco de tabacos; leído el informe de la Inspección Fiscal i lo espuesto por el procurador nacional, se acordó pase nuevamente a éste, para que esponga su dictámen en el dia.

Leyóse un oficio del Supremo Gobierno, en que pide los documentos orijinales i demás oficios relativos al empréstito de Londres; se ordenó que, sacándose copias de los existentes en se cretaría i pidiéndose a los directores de la caja de descuentos los que existen en su poder, se remitan orijinales al Ministerio de Gobierno, con arreglo a la lista que incluye.

Se recibió contestación del mismo Ministerio, sobre el reglamento de abastos e inasistencia de rejidores a la sala capitular, en que asegura estar ya dictadas las providencias convenientes al reparo de lo espuesto, hallándose el primero en el Consejo de Estado, para con su dictámen resolver.

Se acordó igualmente se pida por Secretaría al Ministerio de Hacienda el presupuesto i razón de entradas e inversion de los fondos públicos, como la tiene ofrecida, para en consecuencia deliberar sobre la cantidad de ciento cincuenta mil pesos que se piden para el cubierto de las listas civil, militar i judicial.

Licenciados los oficiales interiores del Senado para que se dediquen a la disciplina de milicias, a virtud de lista pasada por los Jefes del Estado Mayor, sobre los oficiales que pueden llamarse al desempeño de este destino, fueron nombrados en lugar de aquéllos, los tenientes coroneles don Pedro José Reyes i don José María Soto, oficiándose al Gobierno para que, en el momento que se les necesite para emplearlos en objetos propios de su destino, se pueda hacerlo con previo asenso del Senado. En este estado, se levantó la sesion. —Agustín de Eyzaguirre. —Doctor Gabriel Ocampo.


ANEXOS

Núm. 197

Deseando el Gobierno evitar los males que pueden orijinarse con la inasistencia de los rejidores a sus acuerdos, como lo espone el Senado Conservador, en su nota de 8 del corriente, se ha prevenido, con esta fecha, al Gobernador-Intendente, quién como jefe de la Municipalidad, es responsable del órden interior de este cuerpo, que tome inmediatamente las mas sérias i eficaces medidas, a fin de que sus individuos concurran exactamente sin escusa a todos los acuerdos. Por lo que hace al reglamento de abastos, habiendo espuesto los mismos jueces de este ramo las dificultades que ocurrían para su exacta observancia, acompañando un reclamo de los abastecedores, en que se quejan de la tarifa de precios que se les ha fijado, por hallarse en oposicion con el crecido valor las especies de abastos, el Gobierno juzgó oportuno oir el dictámen de una junta presidida por el Gobernador-Intendente i compuesta de los individuos de la Comision que formó el reglamento de los rejidores de la Municipalidad i de algunos vecinos respetables. En su informe, que acaba de pasarse al Ministerio, proponen algunos arbitrios para evitar las dificultades que traería consigo la observancia del reglamento, según lo espuesto por los jueces de abastos; i el Gobierno, ántes de espedir resolución alguna sobre el particular, ha determinado consultar a su Consejo de Estado, en donde actualmente se halla el espediente que se ha formado. Todo lo que pongo en noticia de US. para el conocimiento del Senado.