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SENADO CONSERVADOR

los servicios de los oficiales de la Secretaría, a fin de que les mande pagar los sueldos devengados que cobran. (Anexo núm. 634. V. sesión del 8.)

ACTA

Asistieron los señores senadores Egaña, Ovalle i Vivar, Elizondo i Echáurren.

Leida el acta de la anterior, fué aprobada i rubricada por el señor Presidente.

El señor Egaña hizo presente al Senado que, por noticias privadas, se sabia que en algunas delegaciones está insoluto el derecho de cabezon, por defecto de vijilancia en los encargados de su recaudacion, i que seria mui conveniente se excitase al Gobierno para que ordene a la Tesorería mande a sus tenientes procedan a la pronta recaudación del impuesto indicado. Fué aprobada la mocion.

Leyóse un oficio de la inspección fiscal, en que avisan al Senado haber dirijido al Ministerio de Hacienda el reglamento de la inspección i el plan económico de Hacienda, i piden se les exonere de la organización del reglamento de la direccion de la economía nacional, i se acordó: Se traiga para otra sesion.

Se tomó en consideración el reglamento del panteon, i observándose que en él se establecen los mismos derechos que hoi existen, se acordó: "Oficiese al Gobierno para que ordene que el administrador del panteón de una razón de los derechos que hoi se cobran, de las entradas de este establecimiento, sin escluir gasto alguno que directa o indirectamente pertenezcan al panteón i a los entierros que en él se verifican, acompañándose copia de los decretos en que se han establecido los indicados derechos i gastos."

El secretario presentó cuenta de los cien pesos dados para gastos de Secretaría, i pidió se dé nueva libranza para ocurrir a los gastos del despacho, i se acordó: "Se pida al Gobierno cien pesos para el objeto indicado."

Dióse cuenta de las listas de ciudadanos de la delegacion de Quillota i Ligua, i hallándose organizadas conforme a la Constitucion, fueron aprobadas.

En este estado, se levantó la sesion. —Dr. Gabriel Ocampo.

ANEXOS

Núm. 629

Hemos absuelto i pasado por el Ministerio de nuestra dependencia al Poder Ejecutivo el proyecto de lei orgánica de la inspección, que comprende su plan económico i las atribuciones que detalla el título XXI de la Constitucion, el de economías de hacienda, i suspendido el orgánico por los motivos que fundamos a V. E. en papel de 4 de Mayo, que fué servido aprobar en su contestación de 6 del mismo. Así es que solo pende el reglamento para hacer efectivas todas las atribuciones de la dirección económica nacional, de los trabajos que fué servido encargarnos, por órden de 4 de Enero último. Las labores recargadas de hacienda, su desorganizacion, las cuentas atrasadas desde el año de 1817 i un despacho diario i urjente nos ocupan, de modo que, sin desatender estos objetos inmediatos de nuestros cargos, es imposible distraernos a los vastísimos de comercio, industria, agricultura, navegación, oficios, minas, pesca, caminos, canales, policía de salubridad, ornato i comodidad, bosques, plantíos, estadística jeneral i particular i beneficencia que solo el artículo 182 atribuye a la dirección nacional. No tenemos a mas los conocimientos en estos ramos tan delicados como trascendentales que exijen sus reglamentos; i estamos persuadidos que, siendo la materia precisa de los directores de economía, ellos, como elejidos para ese preciso fin, serán los que se aproximen mas a llenarlos, por eso suplicamos a S. E., por el conducto de US., que, continuando sobre nuestras ocupaciones naturales en preparar los datos para el plan orgánico de hacienda, nos exima del de economía, que no permiten ni nuestras luces ni los objetos interesantísimos de nuestro cargo.

Repetimos en esta ocasion la consideracion con que somos S. S. S. —Inspeccion fiscal, Santiago, Junio 2 de 1824. Agustin de Vial. —José Ignacio de Eyzaguirre. —Señor Secretario del Excmo. Senado.

Núm. 630 [1]

Conforme a lo dispuesto por el Excmo. Senado, en su órden de 5 del corriente, para que, ínterin se proporcionan los datos que exije la parte orgánica del proyecto de plan de hacienda, que encargó a la inspeccion en la de 9 de Enero último, se ocupe de la parte económica que exijen los apuros del Erario, i persuadirlos que el producto o ingreso de las rentas fiscales, no llena sus gastos, lo cumplimos del modo que permite la premura, la inesperíencia i la alternativa imperiosa de no existir o sufrir.

Estamos bien convencidos que concurre demasiado a formar la ilusion de los pueblos el esplendor que, aunque sea molesto, cuesta; querríamos hallarnos en situacion ménos triste para que no parecieran mezquinas las ideas de Chile, naturalmente jeneroso; conocemos que su eleva

  1. Este documento ha sido trascrito del volumen titulado Miscelánea, tomo 161, años 1817 a 51, pájina 319 del archivo del Ministerio de Hacienda. (Nota del Recopilador.)