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SENADO CONSERVADOR
  1. de Justicia sobre la lejitimidad de los jueces que han sustanciado i fallado la causa de doña Tadea Olivos. (V. sesion del 28 de Mayo último.)
  2. De una nota en que el inspector fiscal don Agustin de Vial comunica que, a causa de una enfermedad de que padece, no puede aceptar el nombramiento de vocal de la Comision de Hacienda. (V. sesion del 15.)
  3. De una representación del síndico del Monasterio de las Agustinas, en demanda de que se deie a sus representadas en libertad de disponer de sus bienes.
  4. De una solicitud que don José Antonio Argomedo, oficial de la Secretaría, entabla en demanda de que se le conceda un mes de licencia para restablecer su salud. (Anexo núm. 693. V. sesión del 17 de Febrero de 1824.)

ACUERDOS

Se acuerda:

  1. Excitar al Supremo Gobierno a que, en atencion a las circuntancias, mande a la mayor brevedad organizar i disciplinar las milicias nacionales. (Anexo núm. 694. V. sesión del 3 Julio venidero.)
  2. Encargar al senador inspector del réjimen interior que siga velando, como hasta ahora, por el cumplimiento del reglamento de abastos. (V. sesiones del 19 i del 26.)
  3. Archivar el oficio en que el Supremo Gobierno comunica haber mandado cumplir en Valparaíso la Constitución en lo tocante a la administración de justicia. (V. sesion del 10 de Julio venidero.)
  4. Sobre el cobro que don Carlos Correa de Saa, auditor de guerra, hace al Fisco, pedir informe al Gobierno sobre la conducta funcionaría de este empleado. (Anexo número 695. V. sesion del 9 de Julio venidero.)
  5. Observar al Gobierno que el Vicario Apostólico ha entrado en el ejercicio de sus funciones sin haber cumplico lo prescrito en el número 16 del artículo 18 de la Constitucion, i que, siendo su misión una verdadera legacion, requiere la celebración de un corcordato, i pedirle que informe al Senado acerca de las facultades que trae el Excmo. Nuncio i que le comunique este acuerdo. (Anexo núm. 696. V. sesiones del 28 de Mayo de 1823 i del 26 de Junio de 1824.)
  6. Autorizar la creación de una plaza de defensor fiscal en Conccpcion, sin fijarle el plazo de un año para terminar la comision, pero dándole una lista de los juicios que debe defender e interesándole en las resultas. (Anexos núm. 697. V. sesión del 15.)
  7. Que en lo sucesivo los edecanes del Senado sean cubiertos de sus sueldos en la misma forma en que los vocales i demás empleados de este Cuerpo, incluyendo sus nombres en las listas de pago. (Anexo número 698. V. sesiones del 3 de Junio de 1823, del 23 de Junio de 1824 i del 7 de Marzo de 1825.)
  8. En el espediente de doña Tadea Olivos, declarar que esta causa se puede rever i juzgar por la Corte Suprema de Justicia (Anexo núm. 699. V. sesión del 12 de Julio de 1826.)
  9. Sobre la solicitud de don José Antonio Argomedo, que informen los secretarios. (V. sesion del 22.)
  10. Sobre el recurso del síndico de las Agustinas, que esponga el recurrente contra quién dirije su reclamo i quién priva al Monasterio del libre uso de sus propiedades. (sesion del 22.)
  11. No admitir la renuncia de don Agustin de Vial i pedirle que coadyuve en cuanto sea dable, en el desempeño del cargo que se ha dado a la Comision de Hacienda. (Anexo núm. 700.)

ACTA

Asistieron los señores senadores Egaña, Ovalle i Vivar, Ovalle i Bezanilla, Elizondo, Prieto i los secretarios.

Leída el acta de la anterior, fué aprobada i rubricada por el Presidente.

El señor Prieto hizo formal mocion para que se excite nuevamente al Supremo Director a la organización i disciplina de las milicias naciona