Esta página ha sido validada
654
SENADO CONSERVADOR
Pájs. | |
dos del Ministro de Chile en Lóndres i se pide informe | 323 |
Caja de descuentos. Exije al Gobierno que aplique las entradas de algún ramo fiscal al pago de ciertas deudas i el Gobierno pide que se le exonere de esta obligacion | 323 |
— Pide que se le comunique el acuerdo celebrado sobre la exencion de rendir caucion, solicitada por el Gobierno | 345 |
— Declárase que la caja de descuentos no puede entregar suma alguna sin dejar una obligacion activa | 346 |
— Ella pagará la mitad de los sueldos del Ministro de Chile en Europa | 349 |
— Pide unos documentos sobre las deudas del Perú | 385 |
— Comunica que el Perú ha contratado un empréstito en Lóndres i propone que se apresure el cobro de las sumas que este Estado debe a Chile | 470 |
— Cancélase por un año la hipoteca de los diezmos constituida en su favor | 519 |
Calificacion. Se manda apresurar la de los ciudadanos electores | 203 |
— Id. id. id | 272 |
— Se hace la de los ciudadanos de Lautaro, Cauquénes, Coelemu, Chillan, Puchacai, San Cárlos i Concepcion | 275 |
Cámara Nacional. Declárase que ella debe ser convocada en las actuales circunstancias | 606 |
— Acuérdase consultarle unos proyectos de hacienda | 606 |
Cámus don Jerónimo. Se le propone para teniente-coronel de un rejimiento de milicias | 275 |
— Apruébase su designacion | 298 |
Capilla del Cármen. Dispónese que se suspenda su demolicion | 64 |
Carne. El reglamento de abastos dispone que se venda al peso i para hacerlo cumplir se manda averiguar lo que rinde una res | 448 |
— Los abastecedores se niegan a venderla al peso | 475 |
— Preséntase una razon de lo que rinde vendida al peso | 510 |
— Mándase averiguar si será posible subastar este ramo de los abastos | 527 |
Casas. Se pide que se autorice un gasto de 2,000 pesos para refaccionar la del Director Supremo | 326 |
— Autorízase limitadamente | 327 |
Castro don Pedro. Pide habilitacion de edad | 527 |
— Declárase que la lei política que fija en 21 años la mayoridad, no ha derogado la lei civil que la fija en 25 | 535 |
Cementerio. Se propone la reforma de su reglamento | 356 |
— Se presenta una razon de sus entradas i gastos | 464 |
— Discútese el reglamento | 507 |
— Apruébanse unas observaciones a la reforma de su reglamento | 510 |
— Id. id. id | 535 |
Certificados. Los inspectores fiscales piden uno de su nombramiento | 297 |
Certificados. Se pide uno del nombramiento i del juramento de varios funcionarios | 310 |
— Mándase dar | 311 |
— Don J. Larrea i Loredo pide uno de haber sido vocal de cierta comision | 357 |
— Se le manda dar | 357 |
— Pídese otro del dia en que prestaron juramento los vocales de las Cortes de Justicia | 385 |
— Mándase darlos a don J. Prieto de todas las actas i documentos relativos a la renuncia de don R. Freire | 606 |
Cienfuegos don José Ignacio. Se le nombra consejero de Estado | 85 |
Ciudadanía. Se propone un reglamento relativo a los modos de adquirirla | 85 |
— Id. id. id | 117 |
— Pásase este reglamento al Gobierno | 123 |
Ciudadanos. Se manda apresurar su calificacion | 203 |
— Id. id. id | 272 |
— Preséntanse las matrículas de los de Lautaro, Cauquénes, Coelemu, Chillan, Puchacai, San Cárlos i Concepcion | 275 |
— Se pregunta al Gobierno si ellas están aprobadas por el Gobernador-Intendente de Concepcion | 276 |
— Preséntanse las matrículas de los de San Felipe, Andes, Casablanca, Maipú, Renca i Tango | 327 |
— Decláranse por tales a los de las matrículas que preceden | 327 |
— Los omitidos en dichas matrículas pueden reclamar su inscripcion | 327 |
— Declárase que pueden sufragar en cualquiera de las asambleas electorales | 349 |
— Se pide con urjencia la matrícula de los de Coquimbo | 357 |
— Preséntanse las matrículas de los de Quillota i Ligua | 386 |
— Pídense de nuevo las matrículas de los de Coquimbo | 386 |
— Decláranse tales a los de las matrículas de Ligua i Quillota | 395 |
— Se piden las matrículas de los de varias delegaciones | 415 |
— Se presentan las matrículas de los de Petorca i Melipilla | 417 |
— Id. las matrículas de los de Santiago Ñuñoa, Colina i Lampa | 425 |
— Remítense a ciertas delegaciones las listas de los declarados tales por el Senado | 447 |
— Preséntanse las matrículas de los de la capital | 447 |
— Devuélvense las matrículas de los de Nuñoa, Colina i Lampa a fin de que se rehagan i completen | 465 |
— Apruébanse las matrículas de los de Rancagua i de la capital | 465 |
— Mándase apresurar las matrículas de los de Valparaíso | 471 |
— Preséntanse las matrículas de los de San Fernando | 519 |
— Id. id. de los de Petorca i Lampa | 548 |