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SENADO DEL AÑO 1812
De tres cátedras, mandadas suprimir en la universidad, se le pagan en el mismo ramo | $ 1,080 | |||
De real hacienda por el alquiler del cuartel de granaderos | 300 | |||
Del producto de alquileres de sus demas posesiones, con esclusion de la escuela | 768 | |||
De quince mil pesos que tiene a censo e interes | 750 | |||
De propios de ciudad, por el preceptor de menores de aulas públicas de latinidad | 230 | |||
De temporalidades, para el preceptor de mayores de las mismas aulas | 370 | |||
Del ramo de balanza, por el alquiler de las posesione pertenecientes al colejio que han ocupado dichas aulas (61) | 150 | 4,648 | ||
Resultan, i son fondos del instituto | $ 10,533 | 5 | ||
COLEJIO DE NATURALES (su entrada) | ||||
De temporalidades, al convento de propaganda de Chillan, para la educacion de, dichos naturales | 2,000 | |||
Son fondos del instituto. | $ 12,533 | 5 | ||
ACADEMIA DE SAN LUIS (sus entradas) | ||||
De propios de ciudad | 400 | |||
Del tribunal del consulado | 1,000 | |||
Del tribunal de minería | 1,000 | |||
Para cubrir la cátedra de química se asignan mas, al instituto, por mitad de los fondos particulares de uno i otro cuerpo | 500 | 2,900 | ||
Son fondos del instituto. | $ 15,433 5 | |||
ESCUELA DE PRIMERAS LETRAS (sus entradas) | ||||
De propios de ciudad, para el preceptor de dicha escuela | 300 | |||
De los mismos, para papel i catones | 100 | |||
De los mismos, para pago del alquiler del salon de dicha escuela , i de un cuarto en que se guardan sus útiles | 204 | 604 | ||
Son fondos del instituto. | $ 16,037 | 5 | ||
OBRA PIA DE DON AGUSTlN DE LA CONCHA | ||||
Del interes de veinte mil pesos, existentes en la caja real, se asignan al instituto, con el cargo de una misa diaria | 1,000 | |||
Son fondos del instituto. | $ 17,037 | 5 | ||
BIBLIOTECA DE CATEDRAL | ||||
De la renta que dejó el finado Iltmo. señor don Manuel de Aldai, para dicha librería i su bibliotecario | 200 | |||
Suman las entradas jenerales del instituto. | $ 17,237 | 5 |
Por este medio resultan de fondos efectivo al instituto, diez i siete mil doscientos treinta siete pesos cinco reales; los mismos que se le aplican desde ahora para en lo de adelante, i que han de distribuirse constantemente en el reglamento de dotacion i gastos estables, que se forma de la manera siguiente:
Gastos i distribucion de los fondos anteriores
En la renta del rector | $ 1,000 |
En la del vice-rector | 600 |
En la del inspector de manteístas | 300 |
En la de diez i nueve catedráticos, a razon de quinientos pesos por cada uno | 9,500 |
En la del disector anatómico | 200 |
En la del bibliotecario de la librería pública | 300 |
En la del mayordomo del convictorio | 300 |
En la del portero del instituto | 150 |
En gratificacion al director de ejercicios | 50 |
En sueldo del músico de iglesia | 25 |
En salarios del barbero del convictorio | 100 |
En los de la lavandera de ropa de iglesia i de refectorio | 60 |
En salarios de cocinero, ayudante de éste, refectolero i dos sirvientes de patio para los alumnos | 336 |
En la refaccion anual de tejados, puertas, cerraduras i utensilios de cocina, refectorio i aulas, se regulan de gastos | 800 |
En papel, libro i otros útil es para la escuela de primeras letras | 150 |
En reposicion de libros, cátedras, máquinas e instrumentos para los nuevos establecimientos del instituto, i en los útiles para el anfiteatro anatómico i escuela de dibujo, se conceptúan de gasto anualmente (62) | 600 |
En el estipendio ordinario de trescientas sesenta i cinco misas, que debe aplicar el instituto por el alma del finado don Agustin de la Concha Diaz (63) | 365 |
En la manutencion de diez i seis seminaristas, ocho carolinos de gracia, i cuatro de becas dotadas, que cargo solo a cincuenta pesos por cada uno | 1,400 |