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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo VIII (1823).djvu/122

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SESION DE 29 DE AGOSTO DE 1823

gun convenio. —Lóndres, 12 de Mayo de 1823. —Antonio José de Irisarri. —Señor Ministro Secretario de Estado i de Relaciones Esteriores.


Núm. 198

Acompaño a US. copia de mi oficio número 179, que dirijí en principal por la fragata Sesostris. No va con éste duplicado la segunda letra de lady Cochrane porque no se me ha remitido de Inglaterra, i así irá por otra via.

Ahora remito a US. las copias de las facturas de que hago mencion en mi número anterior i la cuenta de los últimos gastos que hizo la corbeta Voltaire ántes de su salida del Havre, inclusos los seguros del buque i cargamento.

No tengo tiempo para decir a US. otra cosa, sino que estoi actualmente disponiéndome para pasar a Lóndres lo mas pronto posible, a fin de hallarme allí cuando llegue el aviso de haberse recibido por ese Supremo Gobierno mis comunicaciones oficiales sobre el empréstito.

La precipitacion con que he escrito este oficio i los dos anteriores no me ha dado lugar hasta ahora para incluir a US. la adjunta letra de cambio de ocho mil pesos fuertes, jirada en primero del corriente, por don Juan Line, a cargo del capitan de la Voltaire, cuya cantidad es correspondiente al empréstito de ese Estado. —Dios guarde a US. muchos años. —Paris, Febrero 16 de 1823. —Antonio José de Irisarri. —Señor Ministro Secretario de Estado i de Relaciones Estertores.


Núm. 199

PROYECTO DE LEI

El Congreso ha acordado i decreta:

No habrá ningún funcionario público de por vida.

I para que tenga presente la Comision de Constitucion que debe determinar en este asunto, diré que una de las razones contrarias a la perpetuidad es que aunque el majistrado fuese mas que bueno, habiendo de durar en el destino a que muchos se creen acreedores en todo, no sufrirán al bueno, por bueno que sea, hasta morir, sobre tantos buenos sus iguales, i se podria decir: vienen a ser los buenos perpétuamente infelices, no recibiendo jamas las honras debidas a su virtud; mas, que debiendo concurrir muchos por dignidad i méritos a los mismos empleos, corre peligro de grandísimos daños si tres, cuatro, diez o veinte son elejidos Ministros perpétuos, viéndose los otros tratar casi como indignos, puédese temer que inquiete el estado común la parte injustamente tratada; el Soberano Congreso debe tener presente que el buen majistrado no debe tener otro alimento que el de la gloria, esto es, de haber servido bien. —Francisco B. Fontecilla. Doctor Ocampo, secretario.


Núm. 200

Soberano Señor:

El ciudadano Alejo Currel, en los términos mas reverentes, ante Vuestra Soberanía dice: que ha sido llamado, como suplente del partido de la Laja, para funcionar en este Augusto Cuerpo por defecto del representante propietario. Ni las escasas luces del esponente para el desempeño de tan alto destino; ni el cargo pesado que ejerce en la Administracion Jeneral de Correos, donde no cuenta mas que una hora diaria de descanso; ni otros poderosos motivos que omite por no ser molesto, serian bastantes para fundar su resistencia, si no se viese precisado a estar cerca de su casa para ser socorrido puntualmente en los ataques que con frecuencia sufre su salud, cuyos quebrantos son tan notorios, como la grave i dilatada enfermedad de que comienza ahora a convalecer.

Por tanto, dígnese Vuestra Soberanía aceptar la justa renuncia de quien es con su mayor veneracion, respeto i consideraciones. —Alejo Currel. —Soberano Congreso Nacional.


Núm. 201

Certifico, que en sesion ordinaria del veintinueve en la noche, mandó el Soberano Congreso presente el recurrente informes legales de su enfermedad. —Santiago, Agosto 30 de 1823. —Doctor Ocampo, secretario.


Núm. 202

En sesion de anoche, hemos propuesto a Ud. para oficial mayor de esta Secretaria i el Soberano Congreso tuvo a bien confirmar este nombramiento. En esta virtud, espera la Sala pase a recibirse de este empleo a la posible brevedad. Tengo el honor de ofrecerle mi aprecio. —Secretaria del Congreso, Agosto 30 de 1823. —Al señor don Miguel Riesco.