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SESION DE 5 DE SETIEMBRE DE 1823

tanto casi incalculable. El Erario va a engrosar sus entradas con el comercio que necesariamente debe proporcionar; al paso que ahorra gruesas cantidades en los vestuarios de la tropa. Estas pruebas son evidentes, sin contar con otras infinitas que un economista podria alegar, pero que serian inútiles presentarlas a las luces de Vuestra Soberanía. Por tanto, i reiterando nuestra peticion,

Suplicamos que, con el mérito de la adjunta representacion, se nos conceda lo que solicitamos. —Es gracia. —Guillermo Port. —Joaquín Morel. —Vigreu.


Núm. 274

Soberano Señor:

Don José Bernardo de Uriarte, teniente coronel graduado de Ejército i edecan de este Soberano Congreso, con mi mas debido respeto, ante Vuestra Soberanía tengo la honra de hacer presente: que, siendo edecan de este Soberano Poder, parece me hallo en el caso de gozar el sueldo de caballería, declarado a los de mi clase, como consta del acuerdo que en copia acompaño del senado-consulto, en que se acredita de un modo bastante comprobado que soi acreedor a este goce; él se refiere a una declaracion jeneral a favor de los edecanes de Gobierno, i debiendo ser yo considerado como tal i con las mismas prerrogativas que los demas, creo induvitable que V. E. Soberana se sirva mandar se me abone el sueldo de caballeria por mi empleo efectivo desde el mes de Agosto próximo pasado espirado, por cuya razon a V. E. Soberana pido i suplico se digne así determinarlo, gracia que con justicia imploro. —José Bernardo de Uriarte.


Núm. 275


Proposicion que se hace a los señores diputados de la Comision de Hacienda, para que se dignen elevarla con la posible brevedad al conocimiento i determinacion del Soberano Congreso.

Don Juan Lihon de nacionalidad inglesa, capitan i dueño propietario de la fragata Zenobia i su cargamento, me ha movido ha solicitar del empréstito de Lóndres, la cantidad de sesenta mil pesos i propone todos los términos de la negociacion i la seguridad de este Estado en los términos siguientes:

  1. Se obliga a pagar el uno por ciento al mes sobre la cantidad que recibiese en papeles.
  2. Se obliga a amortizar su deuda dando cinco mil pesos mensuales.
  3. Asegura principales e intereses con su rico cargamento, de valor de mas de doscientos mil pesos consignados en la casa de Aycinena i C.a.
  4. A mas de la seguridad dicha, ofrece fianzas a satisfaccion legal i abonada. —Santiago, Setiembre cinco de mil ochocientos veinte i tres. —José Luis Aycinena.

Núm. 276

En sesion de ayer, ha dispuesto el Soberano Congreso a una queja elevada por el señor don Juan Buenaventura Ojeda, diputado por Chillan, sobre el despojo de un fundo, hecho por el gobernador del mismo pueblo, durante su ausencia i asistencia a sus sesiones, que se oficie a aquél para que reponga las cosas al estado que tenian ántes del despojo, si a su salida no se activaba juicio sobre él. Lo que comunico a US. para que se digne ponerlo en noticia de aquel gobernador, ofreciéndole mis respetos. —Secretaría del Congreso Nacional, Santiago, Setiembre 6 de 1823. —Al señor Ministro de Gobierno.


Núm. 277

El Soberano Congreso me ordena pida a US. un espediente que se le ha noticiado obra en el archivo de su cargo sobre entable de una fábrica de paños, lo que verifico, ofreciéndole los sentimientos de mi consideracion. —Secretaría del Congreso Nacional. —Santiago, Setiembre 6 de 1823. —Señor Ministro de Gobierno.


Núm. 278

El Soberano Congreso, en sesion de ayer, ha dispuesto se pida informe al juez que entienda en la causa de que trata el memorial que acompaño. Lo comunico a Ud. para que, evacuado, se sirva remitírmelo para dar cuenta de él, ofreciéndole mis respetos. —Secretaría del Congreso Nacional, Santiago, Setiembre 6 de 1823. —Al señor Alcalde don Agustin de Larrain.


Núm. 279

Vistas las cuentas de los gastos hechos por el teniente coronel don Domingo Arteaga en la construccion de la galería del Soberano Congreso i aprobadas por el tesorero de la Comision de