Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo VIII (1823).djvu/407

De Wikisource, la biblioteca libre.
Esta página ha sido validada
410
CONGRESO CONSTITUYENTE
CONGRESO CONSTITUYENTE
SESION 52, ORDINARIA, EN 10 DE NOVIEMBRE DE 1823
PRESIDENCIA DE DON JUAN EGAÑA


SUMARIO. —Cuenta. —Aprobacion del acta precedente. —Discusion del reglamento de abastos. —Mocion del señor Salas sobre un Congreso americano i tratados entre Chile, el Perú i Colombia. —Pasada de oficiales i soldados arjentinos por Chile. —Acta. —Anexos.


CUENTA

Se da cuenta:

  1. De un oficio en que el señor Ministro de la Guerra comunica haber recibido los papeles del señor Urrutia i que el Gobierno toma incesantes medidas para esterminar a los Pincheiras i sus secuaces. (Anexo número 697. V. sesion del 31 de Octubre.)
  2. De otro oficio en que el mismo funcionario comunica haber impartido las órdenes convenientes para que se tributen al finado don Jacinto Urrutia los honores fúnebres decretados por el Congreso. (Anexo núm. 698. V. sesion estraordinaria del 9.)
  3. De un informe de la Comision ordinaria de Hacienda, sobre el espediente iniciado por doña Victoria Ramos, en demanda de que se mande suspender las ejecuciones que se siguen por el defensor de obras pías, para obtener el pago del 15 por ciento de las fundaciones de capellanías. La Comision propone que se suprima tal derecho. (Anexos núms. 699 i 700. V. sesion del 19 de Setiembre de 1823.)

ACUERDOS

Se acuerda:

  1. Despues de algunas observaciones dejar para la próxima sesion la discusion del reglamento de abastos. ( V. sesiones ordinarias del 7 i del 12.)
  2. Dejar en tabla igualmente para la próxima sesion la mocion del señor Salas, sobre reunion de un Congreso americano i la discusion de los tratados con el Perú i Colombia (V. sesiones ordinarias del 7i del 12.)
  3. Que el Poder Ejecutivo, en virtud de sus facultades ordinarias, franquee paso por el territorio de Chile a los oficiales i soldados arjentinos que vengan sueltos del Perú; pero que, si se solicita permiso para que pase alguna division, dé cuenta a la Lejislatura i haga a los Gobiernos respectivos las