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SESION DE 2 DE DICIEMBRE DE 1823

sual, que gozan los ordenanzas que están destinados a las Secretarías del Supremo Gobierno, Aduana i Correos, en sesion de ayer, ha resuelto el Soberano Congreso se les den desde que principiaron a funcionar i se haga cuando se pague a esta Secretaría.

Lo comunico a US. para su intelijencia i cumplimiento, ofreciéndole mis respetos. —Secretaría del Congreso, Santiago, Diciembre 3 de 1823. —Al señor Ministro de Hacienda.


Núm. 833

Tomado en consideracion el proyecto del señor diputado don Alejo Eyzaguirre, para la redactacion de las leyes vijentes en un solo cuerpo, el Soberano Congreso, en sesion ordinaria de 2 del presente, lo aprobó, i habiéndose procedido a elejir la persona o comision que ha de ejecutar este trabajo, fué acordado se le encargue al mismo señor proponente, facultándolo para que pueda pedir todos los conocimientos necesarios i sea auxiliado por el Ministro de Estado en el departamento de Gobierno, Contador Mayor i ámbos Fiscales.

Lo que comunico a V. E. para su cumplimiento, etc. —Sala del Congreso, Santiago, Diciembre 6 de 1823. —Al Excmo. Señor Supremo Director.