- Aprobar o reprobar la declaración de guerra, la de mera defensa, las contribuciones i empréstitos, aunque no proceda veto i bajo las mismas fórmulas de las demás leyes.
- Aprobar en la misma forma la propuesta de beneméritos comunes i en grado heroico.
- Nombrar el tribunal protector de libertad de imprenta, los revisores i la comision que ha de juzgar estos individuos.
▼Art. 69 . La Cámara Nacional tiene tres sesiones en las consultas lejislativas, con intermisión de tres dias para cada una. En la primera se le presenta la lei i escucha los oradores del Senado i Directorio, que serán un Ministro o Consejero de Estado i un secretario del Senado. En la 2.a i 3.a discute la materia i resuelve precisamente en esta última. Los oradores no se hallan presentes a la discusión i resolución.
Art. 70. Para los actos ejecutivos celebra dos sesiones en dos dias consecutivos. En el primero se le presenta el veto i escucha los oradores; en el segundo resuelve: en ámbos discute.
Art. 71. En un caso urjentísimo, la Cámara declara préviamente si hai urjencia: resuelve en el término que se fije, pero jamas sin dos sesiones aunque sea con el intersticio de horas.
Art. 72. Los Ministros de Estado, Secretarios del Senado i Procurador Público, no ejercen el ministerio de consultores durante sus funciones peculiares.
Art. 73. La Cámara Nacional es nula de hecho:
- Si se reúne sin preceder un veto o para otros objetos que los que clara i literalmente previene la Constitución.
- Si despues de reunida pretende ser corporacion permanente.
- Si estendiendo sus deliberaciones a mas del único objeto que propone el veto o designe la Constitución.
- Si trata de alterar, modificar o adicionar la proposicion consultada, estendiéndose a mas términos que los de aprobar o reprobar una lei, un acto ejecutivo o la declaración i consulta de beneméritos.
El señor Calderón opinó por la existencia de un Congreso en lugar de las Cámaras Nacionales.
Leyóse por segunda vez el título X de las asambleas electorales i por primera el título XI de la calificación i censura de los funcionarios i el título XII del Poder Judicial.
Leyóse un oficio del Supremo Directoren que avisa haber sido nombrado diputado por Coelemu el sarjento mayor don Manuel Búlnes i por su suplente don Clemente Pérez i Montt. Se mandó se le oficiase para que presente sus poderes.
Se citó al Soberano Congreso para que se reúna a las nueve de la mañana a tratar sobre el estanco de tabacos i licores estranjeros.
En este estado, se levantó la sesión. —Fernando Errázuriz. —Dr. Gabriel Ocampo, secretario.
ANEXOS
Núm. 978
▼Soberano Señor:
A consecuencia de haberse ordenado a la Delegación de Coelemu que procediese a elejir nuevos representantes, por haberse admitido las ▼renuncias de los electos anteriormente, se han recibido en el Ministerio de Gobierno los correspondientes testimonios de la elección que recayó en la persona del sarjento mayor don ▼Manuel Búlnes, para ▼diputado propietario, i para ▼suplente en la de don ▼Pérez i Montt Clemente.
Lo pongo en noticia del Soberano ▼Congreso para su conocimiento, renovándole las protestas de mi alta consideración i respeto. —Palacio Directorial, Santiago, Diciembre 20 de 1823. —▼Ramon Freire. —▼Mariano de Egaña. —Al Soberano Congreso.
Núm. 979
▼Soberano Señor:
José Raimundo del Rio hace presente a Vuestra Soberanía que, por varios de los señores ▼diputados, ha sabido que la Comision de Electores para directores de la caja de descuentos ha propuesto al esponente por uno de ellos.
Soi empleado en el Ministerio de Hacienda i gravan sobre mí atenciones que no puedo abandonar sin perjuicio de la causa pública; esta razón a mas de mi insuficiencia para la dirección de la caja, me obliga de un modo necesario a representar a Vuestra Soberanía se digne escusarme de este encargo, ordenando a la Comision proponga otro en mi lugar, así lo espera de Vuestra Soberanía el mas obsecuente de los ciudadanos, —José Raimundo del Rio.
Núm. 980
▼Tengo el honor de remitir a US. ciento cincuenta ejemplares de El Redactor de las sesiones del Soberano ▼Congreso, cincuenta número 16, cincuenta número 17 i cincuenta número 18.
Reitero a US. los sentimientos de mi mejor aprecio. — Secretaría del Congreso, Santiago, Di- ciembre 20 de 1823. —Al señor Ministro de Gobierno.