- De otro informe de la Comision de Hacienda sobre la organización de la tesorería de Concepcion. (Anexo núm. 252. V. sesiones del 4 de Julio de 1821 del 9 de Agosto i del 14 de Setiembre de 1822.)
- De otro informe de la misma Comision sobre la rebaja del 4% solicitada por don Felipe Santiago del Solar, de los derechos que deben pagar las mercaderías sudamericanas consignadas a chilenos. (V. sesiones del 21 de Agosto i del 23 de Setiembre de 1822.)
- De un informe particular de don Nicolas Marzan, individuo de la Comision Militar, sobre el reglamento de milicias de caballería. (V. sesiones del 19 de Agosto i del 28 de Setiembre de 1822.)
ACUERDOS
Se acuerda:
- Aprobar la minuta del decreto de amnistía propuesto por el Supremo Director. (Anexos núms. 253 i 254. V. sesion del 19 de Agosto.)
- Sobre el plan de sueldos de los funcionarios civiles superiores, que la Comision de Hacienda informe. (V. sesiones del 29 de Agosto i del 9 de Setiembre de 1822 i del 24. de Marzo de 1824.)
- Dejar en tabla la discusion de la nueva planta de la Comisaría de Marina de Valparaíso. (V. sesiones del 9 i del 14.)
- Comunicar a don Gregorio Echáurren i a don Silvestre Ochagavía, el nombramiento de individuos de la Comision especial que debe examinar el reglamento jeneral de policía. (Anexos núms. 255 i 256.)
ACTA
Se abrió la sesion a las once con veintidós señores diputados, presidiendo el señor Albano con el señor Vice Presidente Fernández. Leída el acta del dia anterior, se aprobó. En seguida se tomó en consideracion la minuta del decreto de amnistía, remitida por S.E., en nota del 12 del presente, que copiada a la letra es como sigue: "Santiago, Setiembre 12 de 1822. —S.E., el Supremo Director del Estado de Chile, uniendo sus votos de beneficencia a los de la H.C. en favor de los que, por las ocurrencias políticas, han sufrido la desgracia de ser estrañados del país, o puestos en prision; i para solemnizar el aniversario del 18 de Setiembre con un acto propio de la chilena, declara lo siguiente:
"1.º Concede una amnistía jeneral a todos los chilenos i a los casados con chilenas que, por diverjencia de opiniones políticas, o por actos subversivos, o por fundadas sospechas, se hallen presos, espatriados o confinados, quedando escluidos de esta gracia los reos de asesinato i de motin militar, conforme al artículo 7.º de la sesion de 13 de Agosto de la H.C., i aun éstos si acreditasen con su ulterior comportacion haberse correjido de sus anteriores estravíos, obtendrán del Gobierno toda la consideración a que por tal mejora se hicieren acreedores. "2.º Los prisioneros de guerra gozarán de este beneficio luego que la España reconozca la Independencia del Estado de Chile. "3.º Los individuos a quienes comprende esta amnistía solicitarán sus pasaportes para regresar a Chile, a virtud de este decreto (que se insertará en la Gaceta i periódicos) por el conducto de los Ministros Diplomáticos residentes en las Cortes en cuyo territorio existan, o directamente por el Ministerio de Estado de este departamento de Gobierno, según les fuere mas conveniente para facilitar la obtencion de la gracia. "4.º Se publicará por bando esta resolucion en los lugares acostumbrados de esta capital i se circulará a los pueblos para que tenga cumplimiento en el territorio del Estado. Pase a la H.C. para los efectos prevenidos en el 7.º artículo de la sesion de 13 de Agosto. —▼O'Higgins. —Echeverría."
Discutida, se acordó se oficiase a S.E. dando las gracias, i se le pasase copia del acuerdo para la publicacion.
Entraron en lectura tres espedientes con informe de la Comision de Hacienda: uno sobre aumento de sueldo del cabo de la guardia de la cordillera: otro de los mineros del Huasco sobre abolicion del líltimo impuesto en el quintal de cobre al tiempo de la estraccion: otro en órden a la rebaja de los derechos a los consignatarios chilenos.
Se recibió i leyó el informe de las Comisiones de Hacienda e Industria, sobre el estanco de tabacos.
Se leyó un memorial con informe de la Junta Gubernativa i Económica de Hacienda sobre el aumento i arreglo de sueldos de funcionarios públicos del primer órden civil; i se pasó a la Comision de Hacienda para que informe con conocimiento del estado jeneral de entradas i gastos.
Leyóse también el espediente sobre nueva planta de la Comisaría de Marina i Tesorería de