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SENADO CONSERVADOR

don Antonio José de Irisarri, la asignación de las tres mil libras esterlinas, que le fué señalada de sueldo en Enero de 1820, ha declarado el Senado que debe correrle la asignacion de los quince mil pesos anuales, desde su salida de esta capital, imputándose a ellos los costos de sus viajes i mesadas contribuidas a su esposa doña Mercedes Trucíos. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Santiago, Setiembre 26 de 1821. —Excelentísimo Señor Supremo Director.


Núm. 455

Excmo. Señor:

Conoce el Senado la utilidad que resultaría a Chile de contar con los dos sabios estranjeros que, asilados en la provincia de Buenos Aires, tienen disposicion para pasar a nuestro país, en donde sus conocimientos nos serian ventajosos i se adelantarían con ellos los principales ramos que deben mejorar la suerte de la nacion, i solo ocurre la dificultad de que, por las urjencias del Estado, no es fácil proporcionar medios para la honrosa traslacion de estos individuos, i para que se ejecutara su venida con el decoro que ellos se merecen, por sus especiales recomendaciones; pero si halla V.E. arbitrios para este interesante designio, puede tornar los que estime conveniente i que el Senado lo reserva a la prudencia de V.E. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Santiago, Setiembre 26 de 1821. —Al Excmo. Señor Supremo Director.


Núm. 456

De órden del Excmo. Senado, tengo el honor de pasar a UUSS. copia de las observaciones del Excmo. Señor Supremo Director a la resolucion que dictó S.E., sobre el órden que debe observarse en lo futuro en el nombramiento de colegas para el juzgado de alzadas, a efecto de que se sirvan UUSS. informar lo que estimen justo. —Dios guarde a UUSS. muchos años. —Santiago, Setiembre 20 de 1821. —Al Excmo. Prior i Cónsules.