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SENADO CONSERVADOR
Comisaría del ejército de Chile a cargo de don Domingo Perez
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Estado de las cuentas | Dias en que han entrado al Tribunal |
1817 a 1818 | |
Se hallan en juicio verbal. | En 23 de Setiembre de 1817 las de Junio, Julio i Agosto, según partida de fojas 43 vuelta del libro de entrada numero 3; i las de Noviembre i Diciembre del mismo año i de Enero a Marzo de 1818, según partida de fojas 44 vuelta del mismo libro. |
Cuentas de especies del cargo de do Domingo Perez
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1817 a 1818 | |
Han contestado los reparos i se va a proveer su decisión. | Vino a exámen en 18 de Febrero de 1820, segun partida de foja... del libro de entrada número 3. |
Comisario sustituto de don Domingo Perez, don Valeriano García
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1818 | |
No ha rendido la cuenta de inversión de 21,700 pesos que recibió desde 28 de Marzo hasta 14 de Abril de dicho año. | |
Cuentas del comisario de Chile don Nicolas Marzan
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1821 | |
Se pasó al Supremo Gobierno con informe de Abril de 1821, reducida a 342,386 pesos ½ real. | En 25 de Enero de 1821 presentó la cuenta corrida desde 2ode Abril de 1818, en que ingresó a este empleo, hasta fin de Julio de 1820, que cesó, importante 342,817 pesos 4 ¾ reales, a fojas 11 del tomo 4.º Aun no ha presentado la cuenta de especies perteneciente a dicho tiempo. |
Instituto Nacional
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1821 | |
Fenecida en 24 de Diciembre de 1821, quedando para gastos del año siguiente 2,594 pesos 6 ¼ reales. | En 15 de Noviembre de 1820, entró a exámen la cuenta del Instituto Nacional de esta capital, comprensiva desde 18 de Julio de 1819 hasta el 16 de Setiembre de 1820, importante 25,588 pesos 3 reales, a fojas 14 vuelta del tomo 4.º |
Pasavantes i empréstitos para la espedicion
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En Agosto de 1820 zarpó la ▼espedicion para el Perú, costeada en gran parte con el ramo de pasavantes i contribuciones directas que al efecto se impusieron. Estos dos ramos se encomendaron a los jefes de Moneda para su cobranza. Hasta hoi, 26 de Febrero de 1822, no se ha rendido la cuenta respectiva, a pesar de reiteradas reconvenciones judiciales que ha hecho el Tribunal. El honor de aquellos jefes no permite retengan sin un motivo justo la rendicion de la espresada cuenta. |