se hizo la misma mocion, sobre que se dejase a los pueblos la libertad de elejir sus gobernadores; se pasó a la ▼Comision de Constitución, i ésta opinó lo mismo que el señor preopinante; se disolvió el Congreso i no se hizo Constitución ni se elijieron gobernadores. En el último ▼Congreso de 25, se renovó la misma cuestión, sucedió lo mismo que en el de 24, i por eso es que ahora se solicita que de una vez se conceda a los pueblos este derecho, porque el actual Congreso i todo Congreso está espuesto a los mismos contrastes que los anteriores.
Se ha dicho que es importuno el que se les permita elejir sus gobernadores, i que sería suficiente se nombrasen sus Asambleas. Ya el señor Vice-Presidente dijo muí bien que era preciso quitar la influencia que ejercen los gobernadores en las elecciones. A mas de eso, seria retardarles a los pueblos este bien, i no tan poco tiempo como se cree, porque el nombrar Asambleas pende de la demarcación de provincias; esto es uno de los asuntos mas graves, que nos ocupará, no solo tiempo en discutirlo i resolverlo, sino también para verificarlo. Sería mejor que miéntras el Congreso se ocupa en estas largas discusiones, los pueblos gozasen de ese derecho de elejir sus gobernadores i los elijiesen.
Siempre se les ha negado, diciendo que era ponerles en las manos la tea de la discordia; puede ser que como bisoños cometan algunos desórdenes; pero si siempre hubiésemos de reparar en esto, jamas se haría ninguna mejora. En fin, los pueblos lo que quieren es ser bien rejidos; ellos cuidarán que las elecciones recaigan en buenos ciudadanos. Yo creo que mas ínteres tomarán en la elección de sus mandatarios que en la de ▼diputados al Congreso, porque lo bueno o lo malo de los primeros, lo van a sufrir mas de cerca.
Por todas estas consideraciones, pues, si queremos que el Congreso lleve una marcha que sea grata a los pueblos, vamos dando sucesivamente estas providencias, de donde dimanan la libertad i la felicidad de ellos mismos. No debe creerse contrario a la federación que el Congreso dicte algunas reglas, porque es preciso instruir primero a los pueblos, i sobre todo en materia de elección.
Me parece, pues, que debe aprobarse este proyecto, sobre el cual ha informado ya la Comision.
El señor ▼Meneses. —No solo en el Congreso de 24 se ha tratado de la elección de gobernadores, sino también en el de 23. El diputado de los Andes hizo igual mocion; pero sufrió una contradicción de algunos jénios díscolos del mismo pueblo. Entónces estaba yo en la Sala su pliendo por el diputado, i vimos al Ministro de Gobierno venir a pedir que se le oyese sobre el mismo punto, i por esto se suspendió la discusión i quedó sin resolverse cosa alguna. El Congreso no debe retardar un momento la sanción de esta lei, porque la opinion jeneral se ha decidido tiempo ha por ella i porque los pueblos siempre lo han deseado. Aun en el tiempo del gobierno del Rei se observaba que, cuando el delegado o subdelegado se nombraba de los mismos habitantes del pueblo, todas las cosas iban bien, i al contrario, los males i atrasos de los pueblos no puede atribuirse a otra cosa que a los gobernadores estraños; porque, señor, los gobernadores que se mandan de afuera, o tienen sueldo pagado, también afuera, o deben mantenerse a costa del pueblo; lo último es lo que necesariamente sucede, i de consiguiente, que gravitan sobre esos mismos pueblos, porque de otro modo no tendrían con que mantenerse.
Los pueblos están envilecidos con las vejaciones que diariamente sufren de sus mandones; i no se debe temer que haya esos movimientos que se dicen, porque sabrán apreciar mucho una lei tan favorable para no abusar de ella.
Por otra parte, estando ya acostumbrados a las elecciones, saben mui bien en quién han de poner los ojos, i ninguno es tan ignorante que no sea capaz de elejir aquella persona que sea mas digna i pueda gobernar con honradez. Yo opino que es lo primero que debe hacer el Congreso i que será lo que le atraiga mas el concepto de los pueblos. Los ▼Cuerpos Representativos se sostienen solo en la opinion, i creo que el Congreso de 24 hubiera tenido mas crédito i opinion si con preferencia se hubiera contraído a dictar estas instituciones.
El señor ▼Elizondo. —Señor, la ▼ Constitución que ha de darse por el Congreso, i toda la marcha de sus procedimientos, será mas segura cuanto mas se fije en leyes sábias i benéficas, que no pueden tener otro principio que el deseo de la felicidad de los pueblos. Yo creo que los pueblos manifiestamente se han pronunciado por la elección de sus gobernadores, i ya es imposible oponerse a una opinion tan constantemente sostenida i que no es de ahora solamente. Ellos tocan mas de cerca sus bienes o sus males, i esto basta para esperar el acierto de sus elecciones, porque saben que del gobernante depende su felicidad o sus desgracias. Nosotros no podemos tener ese instinto i esa perspicacia para conocer los sujetos que mas convengan al gobierno de cada pueblo, porque no estamos en contacto con sus necesidades; lo mismo sucede al Gobierno; he allí la causa de tantos males que lamenta la República. Acaso hai un motivo mas de conveniencia para conceder este derecho a los ciudadanos, i consiste en lo que acaba de decir el último señor preopinante, i, sobre todo seria contra el órden natural de las cosas que, siendo ellos los que van a esperimentar todos los bienes i los males de que es causa un gobernante, no elijiesen para este destino al mejor de sus conciudadanos, al mas honrado i mas patriota.
Mi dictámen es el mismo que el de la Comision a que pertenezco.
El señor ▼Benavente. —Creo que he tenido la