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306 CONGRESO NACIONAL
  1. greso se dedique eselusivamente a poner órden en la Hacienda pública. (V. sesión del 4.)
  2. Nombrar una comision para recibir al Excmo. Presidente de la República, la venida del cual se anuncia. (V. sesiones del 9 de Julio i del 17 i del 23 de Agosto de 1826.)
  3. Declararse en sesión permanente.
  4. Investir al Gobierno de facultades estraordinarias. (Anexo núm. 376. V. sesiones del 2 i del 4.)
  5. Declarar traidores a los chilenos que intenten o hayan intentado perturbar el órden. (Anexo núm. 377. V. sesiones del 4 de Agosto i del 6 de Noviembre de 1826.)
  6. Dejar en tabla la elección de Presidente i Vice Presidente del Congreso (V. sesiones del 8 de Julio i del 4 de Agosto de 1826); la mocion del señor Bustos, para que el Congreso se dedique esclusivamente a arreglar la Hacienda pública; la nulidad de las elecciones de Santiago (V. sesiones del 2 i del 4), i la formacion de Asambleas. (V. sesiones del 2 i del 4 bis.)

ACTA

Se abrió con los señores Albano, Arriagada don Pedro, Arriagada don Juan Manuel, Arce don Casiano, Arce don Estanislao, Balbontin, Benavente, Benavides, Bustos, Bauza, Cienfuegos, Cruz, Campino, Campos, Concha, Donoso, Eyzaguirre, Elizondo, Fariñas, Fernández, Huerta, Hernández, Infante, Lavin, Lazo, López, Marcoleta, Meneses, Montt, Molina, Muñoz Bezanilla, Ojeda, Olivos, Prats, Pérez, Romero, Sierra, Silva, Torres i Vicuña.

Se leyó el acta del dia anterior i fué aprobada.

Por la aprobación de los poderes de los diputados de Lináres, se llamó al señor Tapia, suplente de dicho partido. Se le recibió juramento i fué incorporado.

Leyóse la mocion del señor Fariñas, para que las producciones de la provincia de Coquimbo, que sean esportadas por los puertos de la Serena, Huasco i Copiapó, se verifiquen sin otro gravámen que el que se paga por los frutos del país en los demás puertos de la República, i se mandó pasar a la Comision de Hacienda i Comercio.

Se hizo presente la mocion del señor Bustos, para que el Congreso se contraiga absoluta i esclusivamente a la organización de la Hacienda pública i a proporcionar recursos efectivos i asequibles a las presentes urjentes necesidades del Erario, i cuando se tomaba en consideración en la presente sesión por treinta i cuatro sufrajios, se anuncia que el señor Presidente de la República pasaba a la Sala.

En este estado, se recibió al señor Mena, diputado por Valdivia, i al señor Luco, diputado suplente de Santiago.

Anunciada la venida de dicho señor Presidente, i nombrada la comision que lo hubiese de recibir, se presentó i anunció los peligros que amenazaban la Patria en la venida de don Bernardo O'Higgins, auxiliado por el Gobierno del Perú, con tropa i buques de guerra. Hizo presente que para salvarla necesitaba de facultades ordinarias i estraordinarias, i que también se poscribiese por el Congreso a O'Higgins i sus demás compañeros chilenos. En su consecuencia se retira, i la Sala se declara en sesión permanente. Toma en consideración tan grande objeto, discute varias proposiciones, i por último sanciona en dos leyes los artículos siguientes:

  1. Se inviste al Poder Ejecutivo de todas las facultades ordinarias i estraordinarias, para poner la República en seguridad, usando de todas las que no podria ejercer sin permiso del Lejislativo, que deberá subsistir i continuar en sus tareas.
  2. Estas facultades durarán el tiempo que el Congreso juzgue necesario.
  3. La Nación chilena, representada en el Congreso, declara proscritos i sin amparo de las leyes a los chilenos que han procurado o procuren introducir la discordia civil en el seno de la Patria, o ayudasen directa o indirectamente a algún individuo o Nación a hacerle la guerra, sea cual fuere el pretesto.
  4. El Poder Ejecutivo publicará los nombres de tales traidores en los impresos ministeriales, para que recaiga sobre ellos el efecto de esta lei.
  5. Esta determinación será publicada en todos los distritos de la República, haciendo responsables a todos los funcionarios que eludan directa o indirectamente su puntual cumplimiento.

En este estado, se levantó la sesión a las siete de la noche, anunciándose, en la órden del día siguiente: I.° la elección de Presidente i VicePresidente; 2.º la mocion del señor Bustos, de que ántes se ha hablado; 3.º la nulidad de la representación de Santiago; i 4.º la formacion de Asambleas. —Montt.


ANEXOS

Núm. 373


MOCION DE FÁCIL DESPACHO

Despues que un escritor político de esta República, acercándose a las máximas jenerales, ha