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308 | CONGRESO NACIONAL |
- cion a hacerle la guerra, sea cual fuere el pretesto que se tome para ello.
- El Poder Ejecutivo publicará los nombres de tales traidores en los impresos ministeriales, para que recaiga sobre ellos el efecto de esta lei.
- Esta determinación será publicada en todos los distritos de la República, haciendo responsables a todos los funcionarios que eludan directa o indirectamente su puntual cumplimiento.
El Presidente de la Sala lo comunica al de la República, repitiéndole las protestas de su distinguido aprecio i afecto. —Sala del Congreso, Agosto 3 de 1826. —Al señor Presidente de la República.