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SESION DE 8 DE ENERO DE1827

titucion del año de 23 es el mejor comprobante de esta verdad. Aun es tiempo, señor, de escusar a la de 26 semejantes resultas.

Talca, señor, reclamó en tiempo ante el Poder Ejecutivo, por medio de su apoderado el prebendado doctor don Casimiro Albano, los perjuicios que se le seguian en el caso de sujetarse a la villa de Curicó reconociéndola por capital, segun consta del escrito i su proveido que adjuntamos entre los demas papeles de nuestra defensa. S. E., el Supremo Director, por decreto de 10 de Marzo último, penetrado de la gravedad del asunto, reservó su decision a la Lejislatura que estaba para instalarse. Llegó este caso, para nosotros tan suspirado, i cuando creíamos que Vuestra Soberanía hubiese conocido de las quejas de nuestro pueblo, se nos desengaña hoi con el mismo espediente sin providencia alguna dictada por la Representacion Nacional. Sea cual fuere el motivo, el asunto del mayor interes para Talca se ve ya resuelto en los papeles públicos sin consideracion al recurso pendiente; en él no hai mas parte que nosotros i nuestro apoderado. La investidura de la diputacion que tenemos en el Congreso no es por solo Talca sino por toda la República. Esos representantes en union de los demás habrían hecho en nuestro negocio mas bien oficio de jueces que de poderistas, como realmente ha sucedido, i no es estraño que la resolucion saliese por ese principio tan contraria a nuestros intereses.

La causa de un particular tratada i definida con esas formalidades, reclama imperiosamente su restitucion al estado en que el agravio pueda deshacerse i mucho mas cuando el que lo sufre es de los que gozan ese privilejio por las leyes. Las del Derecho Civil siguiendo al Natural i de Jentes, lo declaran a cualquier pueblo, aun en materias de ménos interes. Nosotros, señor, a nombre del vecindario i partido de Talca en su numerosa comprension de mas de sesenta mil almas o habitantes descontentos por perjudicados, ponemos en ejercicio la accion que a nuestro favor emana de esa prerrogativa incuestionable. Queremos i pedimos a Vuestra Soberanía mande que se oiga a nuestro apoderado, restituyendo la causa del enunciado reclamo al estado en que salió del Poder Ejecutivo, sin hacerse entretanto novedad en cuanto a demarcaciones por lo relativo a Talca. Esta es en buenos términos la lei que se ha dado al pueblo, negándose a sufragar para funcionarios en los términos que indicamos.

El suceso por sus circunstancias es lo mas raro que se ha visto en órden a elecciones. Una conformidad de ideas tan jeneral entre tantos individuos, solo se observa en los apuros de una agresion enemiga; al temor que ésta induce indistintamente a toda la masa de una nacion o de un pueblo, suele seguirse la union de los partidos que raccionan las villas o ciudades pequeñas. La paz sucede a la discordia cuando los ánimos se creen en el caso de reconcentrarse para no ser víctima de un poder estraño que los amenaza.

Esta verdad, aplicada a Talca en la ocurrencia del dia, demuestra sin equívoco que para nosotros no tiene ménos de terrible i odiosa la sujecion al intendente de Curicó que al imperio de un déspota invasor de la República, con la diferencia de que éste podria rechazarse con la fuerza i aquél tiene a su favor el apoyo de la lei.

De nada deesto consta que se haya instruidoa Vuestra Soberanía por los que debieron hacerlo en desempeño de su honor i nuestra confianza, así en el asunto de la demarcacion del territorio i fijacion de capitales como en la variacion de gobierno i constitucion de la República bajo el sistema federal. Para suscribir a éste necesitaban nuestros diputados otra clase de poder; al conferirles el de su representacion, ni aun teníamos idea de que en el actual Congreso se trataba de alterar la forma de gobierno i mucho ménos que se llegase a fijar la que para nosotros es tan desconocida como el federalismo planteado respecto a Talca en la misma época de su resistencia por no someterse a Curicó. La naturaleza de este gran pacto, su estabilidad i ventajas que de él se prometen los pueblos asociados, no pueden concebirse siquiera donde falta el consentimiento libre de las partes que forman la asociacion, donde no se les ha instruido del negocio i sus resultas a que se le quieren comprometer, o mas claro, donde como en Talca se apuran los esfuerzos para no entrar en federacion con un pueblo que por motivos muí justos jamas podrá ser su aliado.

No nos equivoquemos, señor. El voto jeneral de los chilenos se halla altamente pronunciado en favor del derecho de elejir sus mandatarios i demas empleados en la forma que mas les convenga; para declararse por ésta necesitaban previas instrucciones que no hemos visto. La suscricion, pues, de nuestros diputados (i ojalá con los demas no suceda lo mismo) respecto al federalismo, no tiene mas fuerza que la indicacion de su dictámen como ciudadanos particulares, i de ningun modo como representantes de unos individuos que solamente han reclamado ese compromiso, de cuyas resultas no hai quien pueda indemnizarles.

Tales son, señor, los sentimientos que el pueblo de Talca i su partido tiene el honor de someter a la alta i juiciosa consideracion de Vuestra Soberanía, en el acto de reclamar oportunamente el capitalismo de la cuarta provincia del territorio i el resultado a la lei o sistema de federacion en la parte que le perjudica. El espediente de la materia que agregamos, instruirá con mas estension sobre otros particulares no ménos del caso que los espuestos. Esos antecedentes i la suerte que han corrido presentan en su verdadero punto de vista, nuestros votos i las causas de la oposicion de Talca a la ejecucion de lo decretado. Nosotros contamos con la bondad de Vuestra Soberanía, i ella nos hace concebir un presentimiento agradable de que no