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172 CÁMARA DE SENADORES

español no desconoció estos principios, pues cuando trató de fomentar i protejer la repoblación de Osorno, dispensó el pago de diezmos por diez años a todo aquel partido; es decir, que dejó su importancia a beneficio de sus habitantes. I si este paso de protección i benevolencia dió un gobierno cuyas ideas eran perpetuar la esclavitud ¿con cuánta mas razón debe esperarse del Poder Nacional, cuya institución i principios son hacer la felicidad de sus pueblos? Si Osorno fué acreedor entonces a este ausilio, hoi toda la provincia clama con doble razón por el que tanto necesita, para evitar las ruinas que el tiempo de dia en dia le va ocasionando. Es, pues, de urjencia absoluta i de rigorosa justicia que el monto de los diezmos desde el año de 1820 hasta la fecha, i el valor de los remates anuales sucesivos, se declare a favor de los fondos municipales de esta provincia.

El segundo ingreso que la Asamblea reclama es la propiedad de las tierras baldías a favor de la provincia, igualmente desde el año de 1820, fundándose en que esas tierras son un interés o valor intrínseco de ella. Aun puede decirse que equivocadamente el fisco conserva el título de propiedad en lo jeneral de los terrenos baldíos, pues una parte de ellos corre desde tiempo inmemorial a favor de propios de esta ciudad, habiéndose dedicado también a la de Osorno otra parte cuando su repoblación; i una vez que hai derecho sobre esa parte, debe haberlo para el todo, respecto a que son iguales las razones de fundamento en uno i otro caso.

El tercer ingreso es el derecho que al tanto por ciento recauda el Fisco, en la venta de terrenos i otros fundos que sucede entre el público. Esta es una alcabala o imposición que, teniendo su oríjen en los intereses provinciales, es mui compatible que refluya en beneficio de sus fondos, declarándose así desde el indicado año de 1820.

Estos son los únicos arbitrios que la Asamblea juzga oportunos por ahora i propone al Soberano Congreso Nacional para ocurrir a los gastos necesarios de la administración de esta provincia Si ellos se conceden, como es de espetar, i como la justicia i el bien nacional i provincial lo exijen, la Asamblea asegura adelantamientos considerables en la provincia de Valdivia; pero de lo contrario o si no se le proporcionan equivalentes fondos por otro estilo, la Asamblea también predice con seguridad que la miseria i estenuacion en que hoi yace la provincia, llegará a postrarla en una completa ruina.

La Asamblea protesta al Soberano Congreso las consideraciones de su mas alto respeto. —DIEGO PLAZA DE LOS REYES, Presidente. —Nicolás Jaramillo, Vice-Presidente. —José María Lorca. —Francisco Javier Castelblanco.Rafael Pérez de Arce. —Manuel Carvallo. —Ventura Fuentes. —Rafael Gómez. —Juan Félix Alvarado, Diputado Secretario."

La Asamblea actual de Valdivia, estando tambien bastantemente penetrada que sin ser ausiliada, tendrá forzosamente esta provincia que experimentar su ruina total, por la falta de recursos en que se encuentra para ocurrir a los gastos de su administración; espera por lo tanto que el Soberano Congreso Nacional, a quien se dirije proponiéndole los arbitrios que ha juzgado oportunos, i que se contienen en la anterior esposicion a que se refiere, no distará en resolver lo conveniente sobre su concesion.

La Asamblea de Valdivia tiene la honra de protestar con este motivo al Soberano Congreso Nacional su mas alto respeto i consideración. —Valdivia. Junio 26 de 1831. —RAFAEL GÓMEZ, Presidente. —Andrés Uribe, Vice-Presidente. —José María Corvalan. Manuel Jaramillo. —Victoriano Agüero. —Rafael de Lorca. —Manuel Antonio Cordones. —Nicolás Jaramillo. —Juan Félix de Alvarado, Diputado-Secretario. —Al Soberano Congreso Nacional.



Núm. 225

La Comision de Hacienda ha considerado con detención la nota en que el Vice-Presidente de la República pide se le autorice para nombrar un Visitador de las oficinas de Hacienda, i tiene la honra de informar a la Cámara de Senadores que el proyecto que acompaña el Gobierno está mui bien combinado para producir los resultados que se promete. La empresa de una visita jeneral de todas las oficinas de Hacienda, no solamente es ventajosa, sino también necesaria, e imperiosamente reclamada por el interés jeneral.

La vijilancia del Gobierno no puede alcanzar a las oficinas que se hallan fuera de Santiago, si no es valiéndose de comisionados fieles e instruidos i suficientemente dotados que vayan a esplorar la administración de los caudales públicos i a examinar la conducta de los empleados, para darle todas las noticias que puedan conducir a la mejora í reforma del sistema de Hacienda. Sin datos i sin noticias positivas de lo que ocurre en el interior de las oficinas, no pueden dictarse providencias acertadas, i todos los proyectos que se inventen sin instruirse antes en los usos i abusos que se conservan, serán aventurados. Por lo tanto, la Comision opina que la Cámara de Senadores debe aprobar el proyecto del Vice-Presidente de la República en los mismos términos que se ha presentado. —Santiago, Agosto 6 de 1831. —Diego Antonio Barros. —Mariano Aristía. —M. J. Gandarillas.



Núm. 226

Recompensar el trabajo de los empleados públicos es un deber de los Gobiernos tan jeneral