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▼Pesos | Rs. | Pesos | Rs. | ||||||
cuya inversion se le exijió ántes de su muerte, ocurrida en Concepción, habiéndose oficiado posteriormente a los ministros de aquella Tesorería para que la exijan de su albacea | |||||||||
Otras deudas que se hallan poco mas o menos en el caso de las anteriores, a saber: | |||||||||
Don Francisco Barros, por el derecho de licores de Talca de 818 i 19 | 1,420 | ||||||||
Don Diego Franco, por el mismo derecho en Curicó | 640 | ||||||||
Don Pedro Fermín de Torres, por el mismo de Aconcagua | 2,480 | ||||||||
Don José Ignacio del Canto, por el derecho de los Andes | 2,000 | ||||||||
Don Francisco Berguecio, por el mismo de id. | 3,618 | ||||||||
Don Manuel Olivares, por el mismo id. de la Ligua | 82 | ||||||||
120,690 | 1 | ¾ | |||||||
Nota. —De órden superior se mandó que los tenientes de ministros en sus respectivos partidos echasen mano de los productos de este ramo para los gastos del servicio, i en efecto lo verificaron, como aparece de las cuentas que tienen rendidas algunos. | |||||||||
Deudas que se pueden contar por incobrables, a saber: | |||||||||
La de 3,831 pesos 4½, real que resta el finado cura de Coquimbo don Juan Nicolás Varas, por las bulas que tuvo a su cargo en aquella ciudad, desde 1802 a 1809, para cuyo cobro se le remataron dos finquitas que tenia, quedando solo existente su librería, que tenemos noticia se aplicó últimamente al Instituto Nacional | 3,831 | 4 | ½ | ||||||
La de 500 pesos de don Felipe Chaparro, quien los recibió en tiempo del Gobierno real para devolverlos en plomos, que nunca verificó, i murió insolvente en Aconcagua hace algunos años, como nos lo avisó nuestro teniente de aquella ciudad | 500 | ||||||||
La de 867 6½ de una escribanía de esta ciudad, que remató don Juan Francisco Meneses en 1808, porque habiéndola renunciado ha poco tiempo, i pedido que con el importe de su subasta se cubriese su deuda, se proveyó por el Gobierno que no se vendiesen tales oficios, i que se diesen de gracia a los sujetos aparentes, con cuyo motivo quedó ilusorio el reintegro | 867 | 6 | ½ | ||||||
La de 177 pesos 5 reales que por resto de otra escribanía debe don Ramon Rebolledo; cuya insolvencia es notoria | 177 | 5 | |||||||
La de 1,350 pesos de don José María Bravo de Naveda, por la escribanía de Talca, que remató en 1813, a quien se le separó de su oficio luego que entró el ejército de la Patria, por lo que se han escusado, él i su fiador don Joaquín Echeverría, al cubierto |