- na debe ser la separación de sus empleos i cargos públicos, habiendo salvado su voto varios señores diputados. (Anexo núm. 303. V. sesiones del 26, del 28 i del 29 de Abril de 1825 i la de la Cámara de Diputados en 5 de Diciembre de 1828.)
- Dejar en tabla para la próxima sesión estraordinaria, ademas del asunto indicado mas arriba, el proyecto relativo a los jueces conciliadores. ( V. sesiones del 20 bis de Abril i del 2 de Mayo de 1825) i la solicitud de los curas de la catedral. ( V. sesiones del 6 de Abril i del 2 de Mayo de 1825.)
ACTA
Se abrió con asistencia de los señores Araos, Arriagada, baquedano, Bezanilla, Barros, Borgoño, Concha, Elizalde, Echeverría, Fuenzalida, Infante, Iñiguez, Larraín don Agustín, Meneses, Marín, Novoa, Ovalle don José Antonio, Ovalle don José Tomás, Ovalle don Vicente, Prieto, Palazuelos, Pradel, Rodríguez, Ugalde, Zañartu, Valdivieso i Luco.
Se leyó el acta de la anterior, fué aprobada i rubricada por el señor Presidente, con las notas de declararse indicación i no mocion la del señor Campino, i asimismo de espresar que el motivo de negar el sufrajio al citado señor Campino, en su indicación, resultó de que el mismo lo pidió por razón de delicadeza, i porque podria interpretarse a motivo de resentimiento con el señor a quien comprende.
En seguida se dió cuenta del proyecto de lei presentado por el señor ▼Infante, sobre los bienes ocupados a los regulares, que se mandó pasar a las Comisiones de Hacienda i Eclesiástica.
Se leyó una nota del Ministro del Interior, sobre los auxilios a los oficiales españoles capitulados en Ayacucho, lo que se tomó en consideración, i habiéndose hecho observaciones de algún peso, se resolvió sesión estraordinaria al dia siguiente sobre este negocio i otros de alguna urjencia.
En este estado, se entró a la discusión de la indicación del señor ▼Campino, que era el objeto del dia; i en tercera discusión, se tomó la palabra por varios señores, unos apoyando, otros rebatiendo, i el negocio abundó en indicaciones que alteraron la marcha de la discusión, i al cabo se convino la Sala en la presente proposicion: ¿Está bastantemente discutida la indicación del señor Campino, o nó?Se tomó votacion, i resultó bastantemente discutida por unanimidad, sufragando veintisiete señores. Luego se puso la proposicion siguiente: ¿Quedan impunes los que han violado las garantías o nó? Se tomó votacion, i resultó que no quedaban por pluralidad absoluta, sufragando veintisiete señores. En seguida volvió a abundar la Sala en indicaciones, i despues de algunos debates, conociéndose que la Sala quedaba reducida a estas dos: ¿se procede a separación de los que fallaron en la causa de los señores Peña i Mackenzie, o se necesita mas discusión sobre ésto? Se votó sobre ámbas proposiciones, i la de separación prevaleció por pluralidad absoluta, sufragando veintisiete señores. Pidieron los señores que sufragaron por la última, se salvaran sus votos, i al fin del acta se denominarán. En este estado, se tomó la palabra por algunos señores i arengaron enéticamente sobre la necesidad de garantir a los pueblos contra la arbitrariedad i darles en recompensa de sus fatigas i sacrificios, una salvaguardia que asegure a todo ciudadano contra los caprichos; i en seguida se procedió a fijar la siguiente proposicion: ¿Se separan de sús empleos i cargos públicos a los que fallaron en la causa de los señores Peña i Mackenzie o nó? Se tomó votacion, sufragaron veintisiete señores, i prevaleció la afirmativa, quedando declarado que se separaban de sus empleos i cargos públicos a los que fallaron en dicha causa; i en este estado, pidieron se salvaran sus votos los señores Zañartu, ▼Marín, ▼Prieto, ▼Echeverría, ▼Fuenzalida, ▼Baquedano, ▼Ugalde, ▼Arriagada e Iñiguez, advirtiéndose que este señor, en cuanto a la primera proposicion, sobre si quedaban o nó impunes los jueces que fallaron en la causa de los señores Peña i Mackenzie, pidió dentro de las veinticuatro horas hábiles que se salvara su voto en dicha resolución; los demás señores que salvaron los suyos protestaron fundarlos i no lo han verificado; i siendo mas de dos horas de las regulares de sesión, se suspendió, anunciándose para el dia siguiente en sesión estraordinaria, el indicado negocio sobre los oficiales españoles que se hallan en Valparaíso, sobre los jueces de conciliación i sobre la solicitud de los curas de esta santa iglesia catedral.
Nota. — Que es de advertir que se fijó proposicion sobre si se formarían o nó causa a los señores que fallaron, i no se votó sobre esta proposicion porque resolvió la Sala conocer primero sobre la separación.
ANEXOS
Núm. 301
▼Cuando el Ministro que suscribe, despues de haber manifestado a la ▼Representación Nacional, en su nota de 16 del corriente, las razones que, en concepto del Ministerio, hacian necesario i aun imprescindible auxiliar a los españoles capitulados detenidos en Valparaíso, le indicó al