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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XI (1824-1825).djvu/363

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SESION DE 13 DE SETIEMBRE DE 1825 363

rrir otras dificultades e inconvenientes que no podrán vencerse. Me parece, pues, que se deje este asunto para mañana, para que, estando aquí los señores que faltan, se decida lo que se halle por conveniente.

El señor Ovalle, don José Antonio. —Parece que la discusion debe solo reducirse a si se toma en consideracion la nota del Director, i despues entrará en resolver si ha de ser mañana, hoi u otro dia.

El señor Infante. —Vista ya la nota del Director Supremo, parece de necesidad contestarle que se reserva la Sala tratar sobre el contenido para mañana, i que hasta ese dia queda suspensa la apertura solemne del Congreso.

Yo miro, sí, con dolor que, despues que hemos ocupado tres dias en la discusion sobre si se debe o no abrir el Congreso con estas solemnidades, un oficio, un soplo del Director hace desaparecer un acuerdo de la Sala. Yo he sido de la misma opinion que manifiesta en su nota el Director; pero quisiera que se respetasen los acuerdos de la Sala. Tres dias consumidos en esta discusion; i volvemos otra vez a tomar en consideracion las mismas razones que ántes. I entretanto ¿qué hace el Congreso? Como Congreso, nada; como Asamblea Lejislativa de la provincia, tampoco. Señor, mis conceptos podrán ser errados; pero una resolucion que no parece estar en un órden regular i a la que tanto me opuse es la que nos arrastra a nuevas discusiones. Ya el Ejecutivo nos vuelve a poner en la cuestion i en ella ocuparemos el tiempo con detrimento de las provincias que nos han nombrado sus representantes, a quienes estamos obligados a consagrarnos bajo la mas estricta responsabilidad. Yo bien sé que es positivo que las provincias formarán celos de que nosotros, siendo una seccion del Congreso, vamos a hacer nuestra instalacion con esas solemnidades; yo bien veo que es de necesidad esperar el dia de mañana para que concurran los señores, principalmente, los que influyeron en que se acordasen esas solemnidades; pero también es cierto que un acuerdo de la Sala no debe alterarse por ningun motivo.

Concluyo con lo que dije ántes, que se le oficie al Director que la Sala se reserva tratar de su nota para el dia de mañana.

El señor Presidente. —¿Parece a los señores que se haga lo que ha pedido el señor Infante? Unánimemente se convinieron en esto los señores, i se levantó la sesion.


ANEXOS

Núm. 456

En la ciudad de Santa Cruz, partido de Rancagua, a trece dias del mes de Agosto de mil ochocientos veinticinco años, los señores que componen la mesa de eleccion para el nombramiento de diputados del Congreso Nacional de esta cabecera, habiéndose reunido este dia en la Sala de Ayuntamiento, a efecto de realizar el escrutinio jeneral, con presencia de la votacion practicada en el curato de esta cabecera el cinco del actual, i de las demas actas remitidas por las siete parroquias, que a mas de ésta, existen en la provincia; verificado su exámen conforme a lo prevenido en el artículo dieziocho de la convocatoria, resultó en jeneral la votacion siguiente: para diputados: a favor del doctor don Fernando Errázuriz, cuatrocientos cuarenta i nueve sufrajios; por don Juan de Dios Vial del Rio, cuatrocientos cuarenta i seis; por el presbítero don José Félix Campo, doscientos tres, i por don Juan Francisco Larraín, ciento noventa i siete. De suplente: don Santiago Echévers, con seiscientos treinta i seis votos. Con este respecto, atendiendo la mesa, al mayor número de sufrajios de los señores don Fernando Errázuriz, don Juan de Dios Vial del Rio i don Santiago Echévers, los tuvieron por electos, a los dos primeros, de diputados para el Congreso Jeneral Constituyente, i al último por suplente de ámbos. En consecuencia, mandaron que, sacándose testimonio de esta acta, se dé cuenta con ella i pase a quienes corresponda, según lo dispuesto en el artículo citado. Así lo acordaron i firmaron, de que doi fe. —Miguel del Castillo. —José Manuel Ortúzar. —José Manuel Riveros. —Juan Manuel Carrasco. —Agustin Tagle. —Ante mí, Mariano Loyola, escribano público i de Cabildo.

Es copia del acta orijinal, de que certifico. I para que conste doi la presente. —Fecha ut sufra. —Mariano Loyola, escribano público i de Cabildo.


Núm. 457

La Representacion Nacional, instruida de la nota del Supremo Director,de este dia, ha resuelto en sesion del mismo se diga a S. E., por el Presidente de la Sala, que, sin perjuicio de las prévias disposiciones para la instalacion de este Cuerpo representativo, se sirva esponer si ha recibido nuevos documentos que acrediten la pronta reunion al Congreso de los diputados de las provincias de Concepcion i Coquimbo.

El que suscribe reitera al Supremo Director las consideraciones de su distinguido aprecio. —Santiago, Setiembre 14 de 1825. —J. Ignacio Cienfuegos. —J. A. Prieto, secretario interino. —Al Supremo Director del Estado.


Núm. 458

Estando en las atribuciones del Presidente designar el carácter de los edecanes, segun su