Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XVII (1828-1829).djvu/247

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SESION DE 9 DE ENERO DE 1829 241

cion de garantías contra los Tribunales de Justicia, hasta la fecha está sin resolver, sufriendo en la demora el perjuicio de tener mis derechos en suspenso, no habiendo Tribunal que conozca i afine este negocio pendiente en la Lejislatura, por lo que se han de dignar los Señores Representantes resolverlo definitivamente como lo hallen por justo i mas conveniente. —José Antonio Valdés.

Núm. 255

La Cámara de Diputados ha creido de necesidad que se distribuya a cada uno de sus miembros un ejemplar de las leyes que se publiquen i en sesión de ayer me ha ordenado comunique a V.S. esta resolución para que, si no hubiere inconveniente, se sirva remitir por conducto de esta Secretaría los que fueren precisos para aquel destino. Saludo a V.S. con mi mayor consideración. —Enero 10 de 1828. —Ignacio Molina, Diputado Secretario.