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CONGRESO CONSTITUYENTE

vado los principios. El despotismo por un lado, la inesperiencia por otro, han echado ahajo muchos trabajos que sus autores habian destinado a la inmortalidad. La obra de la filosofía i del análisis no ha dejado trazas en el suelo en que la erijió el amor de la libertad, miéntras se perpetúan con tenacidad inesplicable otras ombinaciones políticas que parecen obra fortuita de las circunstancias, fruto de lentas agregaciones i cuya base no es otra que el hábito ciego i la tradición. De aquí parece deber inferirse que la mejor Constitución es ia que ménos innova, la que conserva mayor parte de lo que existe i la que está mas en armonía con el estado presente del pueblo que ha de adoptarla.

Pero entre nosotros ¿qué es lo que puede dejarse subsistir de todo lo que constituye nuestro cuerpo social? Nada, porqué nada de lo que poseemos nos conviene como pueblo libre i nación soberana. Esto es lo que agrava i hace mas crítico el difícil problema de constituciones. No solo nos es urjente organizar los altos poderes, sino todos los ramos inferiores de la máquina política. Careciendo absolutamente de leyes civiles i criminales, necesitamos a lo ménos que nuestra Carta fije las barreras en que ha de detenerse la autoridad, cuando se halle en contacto con los intereses privados. La imprenta no tiene ni límites señalados, ni garantías positivas. La Constitución debe establecerlas o dejarnos espuestos a todos los peligros que trae consigo el abuso de una arma tan poderosa. La responsabilidad es entre nosotros una palabra sin sentido. No sabemos quién responde, de qué se responde, ni ante quién se responde. Las relaciones entre las autoridades supremas i las inferiores están sin definir ni clasificar: la escala de la subordinación carece de apoyo; si se perpetúa esta incertidumbre, es imposible que el servicio público se haga con regularidad i con honradez.

Si de estos rasgos principales de la especie de anarquía legal en que estamos viviendo, descendemos a otros esparcidos en el cuerpo de la República, hallaremos nuevos motivos de desear una rejeneracion pronta i completa. El gobierno de las provincias, las judicaturas inferiores, la policía, todo está al arbitrio de la rutina o a merced de la fuerza i del influjo. Las municipalidades son mas bien bosquejos de autoridad, que una autoridad verdadera. Falta absolutamente el íntimo encadenamiento que debería ligarlas con los grados superiores del poder, a fin de que hubiese unidad de acción i de impulso, uniformidad de ejecución i armonía en las partes. Así es como, por falta de leyes fundamentales, la República, lejos de ser en el dia un todo perfecto, es un conjunto de partes que se mantienen unidas por la fuerza de las cosas i nó por la de las instituciones.

El vacío que hemos señalado es la medida del cuerpo que debe cubrirlo. Este cuerpo es la Constitución.

Hemos dicho que la ciencia constitucional ha hecho progresos en su parte teórica i esto es tan cierto que ya nadie duda de las partes que debe abrazar una buena Constitución para responder a todos sus fines. No merecen aquel nombre ni la Gran Carta de los ingleses, ni la Bula de Oro de los húngaros, ni ninguno de los ensayos hechos en el antiguo mundo ántes del renacimiento de las letras. Eran contratos entre los diversos depositarios del poder; compromisos entre los reyes, los barones i los obispos. El pueblo no entraba en estas transacciones, sino como una chacra entra en una escritura de venta. Antes del siglo XII no habia razones en Europa, sino rebaños. La erección de los comunes, esto es, la declaración de que los hombres eran hombres, pareció un descubrimiento atrevido. ¡Qué distancia ha recorrido el jénero humano desde aquel borron de derecho público hasta los prodijios de que ha sido testigo nuestra época!

En Italia, para que hubiese derecho municipal, fué preciso que un anatema pontificio rompiese el prestijio del Imperio Jermánico, i absolviese a los pueblos de una obediencia estúpida.

En Francia, Luis el Grueso dió existencia a los comunes por un acto espontáneo de su voluntad.

En Alemania, los emperadores obraron en el mismo sentido por miras de Ínteres. Enrique V hizo ciudadanos a los siervos, porque los hombres son mas útiles que las máquinas.

En España, las ciudades espulsaron a los moros i quisieron ser tanto como los ricos hombres. Sin embargo, todavía en tiempo de Cárlos V era un crimen ser parte del pueblo. La palabra comunero era sinónimo de rebelde. Padilla murió en el cadalso.

Todo ha mudado de aspecto. Hoi las naciones son todo: el mayor número prepondera, la política es una especie de aritmética, i si no se funda como ésta en la demostración, solo puede estribar a lo ménos en el convencimiento.

Pero esta gran masa, en la que ya no puede dominar el sic volo, sic jabeo, revestida ántes con la farsa de lo que se llamaba derecho divino, necesita de un impulso superior a ella misma, para no disolverse. Este impulso se llama razón. La Constitución es la espresion de la razón, como la palabra lo es de la idea.

Una buena Constitución no es mas que la razón aplicada a los grandes intereses de la sociedad.

Interesa a la sociedad que la fuerza se comprima, que se mueva en la mayor esfera posible el don inestimable de la libertad, uno de los caractéres impresos por la mano divina en el hombre cuando se hizo imájen de Dios; que los miembros de la misma sociedad se liguen en vínculos estrechos; que depositen su confianza en un número pequeño de hombres para que les den leyes de todas clases; que estos depositarios de la voluntad nacional esten retenidos en un