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CONGRESO CONSTITUYENTE
  1. peño en ligar el altar i el trono ¡cuánto mas importante no es en las repúblicas unir la lei con el altar! En las monarquías, la iglesia ruega por los reyes: mas noble empleo del templo es enseñar la lei en su recinto. El divino fundador de la relijion que profesamos, recomendó la obediencia a los poderes de la tierra. San Pablo hace lo mismo en sus epístolas. "En verdad quien constituye a los pueblos es Dios mismo." Así lo ha dicho la sabiduría inspirada: Dominus mutat témpora et aetates; transpert regna atque constituit. Daniel, c. X, v. 21.
  2. Sobre todo i ántes de todo, enviar comisiones a las provincias, compuestas de hombres autorizados i de un rango elevado para que instalen en ellas la Constitución. Por buenas que sean las autoridades provinciales, las emanaciones directas de los poderes supremos darán mas solemnidad a un acto de tan notable importancia. Las comisiones así nombradas deben enseñar su deber constitucional o cada resorte del mecanismo civil; esplicar los puntos cuya intelijencia pueda ocultarse a los hombres poco instruidos; en fin, tomar todas las medidas análogas a las circuns tancias locales, que juzguen necesarias a consolidar la obra de que son depositarios.

El objeto de todas estas precauciones es bien palpable. Es emplear el socorro de las impresiones esternas i el de la subordinación para que el amor a la Constitución i su observancia, tomen raíz en la nación, i esta se identifique con el acto que le da una existencia individual i que pone en su seno todos los elementos del órden i del reposo.

Confesamos francamente que si no se consigue este fin, mucho mas vale nuestro estado presente; porque creemos que en las circunstancias que nos rodean, i con los antecedentes de nuestra historia, el mayor de los males seria poseer una Constitución destituida del apoyo que debe darle la confianza de los pueblos, reducida a la oscuridad, espuesta a la desobediencia i confundida con el vasto cúmulo de leyes, reglamentos i decretos que con tanta rapidez se han sucedido desde la emancipación.

Todos los pueblos que han adquirido en la historia un lustre mas durable que el que dan las conquistas, han brillado mas particularmente por su amor a las leyes. Esparta, cuando hacia temblar a la Grecia, Roma en sus bellos dias, lo patentizan. Roma presenta su historia dividida en dos épocas notables. En una reinan todas las virtudes que el hombre puede adquirir sin el socorro de la relijion verdadera; en otra, todos los desórdenes a que puede abandonarse el corazon humano.

¿Cuál fué la causa de esta gran diferencia? Oigamos su esplicacion en boca de Bossuet: "El carácter esencial de estos dos tiempos es: que en el uno, el amor de la patria i de las leyes contenia los espíritus; i en el otro, todo se decidía por el interés i por la fuerza"

Políbio, que vivió en los tiempos de mayor engrandecimiento de Roma, por el espíritu de conquista, viendo que la fuerza militar era superior a la de las leyes, profetizó la monarquía. I en efecto, los Césares no subieron al trono sino hollando lo que tanto habian respetado Fabricio i Escipion.

En Ejipto, las leyes eran omnipotentes: su imperio se estendia mas allá de la muerte. En aquel pueblo, en que las profesiones i los rangos estaban clasificados con tanto esmero, no habia mas que una ocupacion que fuese común a todos ellos: el estudio de la lejislacion.

Nosotros luchamos con graves inconvenientes para aclimatar un sentimiento que tan bellas cosas produce, el nombre de la lei nos recuerda todavía el de colonia. Los códigos que nos rijen fueron dones funestos de la dominación. Mas tarde las pasiones, la ignorancia, la inesperiencia, el espíritu de partido, fueron nuestros lejisladores.Es imposible amar los hijos de semejantes padres.

Las cosas han mudado de aspecto. La nación está cansada: quiere leyes indíjenas, producto de su voluntad, correspondientes a sus habitudes, i ha elejido a los hombres que han de hacerle este inestimable benefii io. Dispóngase, pues, a recibirlo como la regla futura de todas sus acciones, como la estipulación de todos sus derechos, como el remedio de todos sus males.

La Comision de Constitución ha presentado al público un proyecto. Este deberá ser el texto de nuestras observaciones. Las haremos con toda la imparcialidad que nos dicta el impulso que nos ha hecho tomar la pluma; sin prevención de personas, sin adhesión de partidos, seguiremos el hilo de la discusión que ha de tener lugar en el Congreso, a lo ménos en sus últimos resultados que serán las modificaciones que el proyecto sufra en la votacion. Diremos nuestro sentir sin empacho, aunque nuestra opinion deba hallar resistencia. No tememos interpretaciones, porque nos tranquiliza nuestra imparcialidad: ni creemos que se ofenda el amor propio de los que piensen de otro modo, porque cuando se trata de la causa jeneral, las individualidades deben sepultarse en el silencio.

Estas mismas disposiciones nos inducirán a recibir con docilidad las observaciones que se nos dirijan. Todos los que se hallen en estado de discutir materia tan grave, todos los que se sientan con fuerzas suficientes para entrar en tan importante obra, están obligados a prestar sus luces i su celo a las necesidades de la patria.

Núm. 28


El Constituyente

(Santiago, 7 de Junio de 1828)

En el momento de empezar nuestros trabajos i cuando creíamos que estaríamos obligados a esperar los del Congreso en Valparaíso para tener asunto fijo en que hacer recaer nuestras ob