SESION 73.ª, EN 9 DE ENERO DE 1829
PRESIDENCIA DE DON MANUEL ANTONIO GONZÁLEZ
SUMARIO. —Asistencia. —Aprobacion del acta de la sesion precedente. —Aumento de sesiones. —Elección de senador de la Caja de amortizacion. —Proyecto relativo a la elección de un comerciante i un hacendado para componer la misma Caja. —Id. de ereccion de tres Cortes de Apelaciones. —Acta. —Anexo.
ACUERDOS
Se acuerda:
- No aceptar la indicacion que hace el señor Novoa de redoblar las tareas del Senado. (V. sesion del 8.)
- Elejir al senador don Manuel Gormaz para individuo de la Caja de amortizacion. (Anexo núm. 603. V. sesiones del 8 i el 12.)
- Que el Poder Ejecutivo proponga inmediatamente al Congreso el hacendado i el comerciante que han de formar parte de la misma Caja. (V. sesiones del 8 i el 10.)
- Aprobar el artículo 2.º del proyecto de lei que manda establecer tres Cortes de Apelaciones. (V. sesiones del 8 i el 10.)
ACTA
Se abrió con los señores Albano, Calderon, Fernández, González, Gormaz, Lira, Novoa, Prado, Recabárren, Sánchez, Vial i Vicuña.
Faltaron con licencia los señores Marin i Guerrero.
Se aprobó el acta de la sesion anterior. Habiendo resuelto la Sala considerar la indicacion del señor Novoa para que el Senado redoblase sus tareas, se votó la proposicion i resultó la negativa.
Se procedió despues al nombramiento del senador que debe formar parte de la Caja de amortizacion; el cual recayó por diez sufrajios en el señor ▼Gormaz, habiendo también obtenido el señor Vicuña uno i el señor Calderón otro.
Se puso en seguida en discusion el proyecto presentado por la Comision respectiva sobre el modo de nombrarse el comerciante i hacendado para la referida Caja de amortizacion, i fué sancionada la proposicion siguiente:
"El Poder Ejecutivo propondrá inmediatamente al Congreso para su aprobación el comerciante i el hacendado que deben hacer parte de la Caja de amortización."
Se procedió despues a la discusión del artículo 2.º del proyecto de lei sobre establecimiento de dos Cortes mas de Apelaciones, pendiente de la sesión anterior, el cual suficientemente discutido, i despues de haberse desechado el artículo de la mocion, i el de la Comision, fué sancionado en estos términos:
"Para cada Corte habrá tres suplentes que deberán ser letrados i en su defecto hombres buenos, los cuales se nombrarán cada bienio."
Se pasó despues al tercero, pero no habiéndose alcanzado a resolver, i siendo la hora avanzada, se levantó la sesión. —Manuel Antonio González.