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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XV (1827-1828).djvu/79

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SESION DE 27 DE AGOSTO DE 1827
  1. Sobre el espediente de la viuda del capitan Oyangure, que el Secretario haga una relacion de su contenido. (V. sesiones del 28 i del 29.)
  2. Que el Ejecutivo presente un presupuesto de los gastos que sea menester hacer, en la manutencion i agasajo de los indios a fin de darlela autorizacion. (Anexo núm. 107. V. sesiones del 23 de Agosto i 6 de Setiembre de 1827.)
  3. Celebrar mañana sesion estraordinaria.

ACTA

Se abrió con los señores: Albano, Benavente, Calderon, Fariñas, Novoa i Pérez.

Se aprobó el acta de la sesion anterior, habiéndose hecho alguna variacion en la redaccion de la nota con que se pasó al Gobierno el acuerdo sobre la Legacion cerca de la Santa Sede.

Se leyó una comunicacion de la Asamblea de la provincia de Aconcagua, en que avisa haber nombrado, conforme a la lei del caso, al miembro que en la Comision ha de representar la provincia, cuya eleccion recayó en el señor Presidente actual, don Santiago Antonio Pérez, en primer lugar, i en segundo en el señor don José Miguel Infante, para los casos de renuncia, enfermedad, ausencia o muerte, También los poderes que se les confieren.

Se acordó se avisase el nombramiento al Poder Ejecutivo i se acusase recibo a la Asamblea.

Leyóse una nota del Poder Ejecutivo en que acompaña un proyecto de decreto sobre gastos de secretaría de las Legaciones diplomáticas. Se tomó en consideracion, i despues de la competente discusion, se aprobó en los mismos términos, i cuya redaccion es la siguiente:

Artículo único. —Queda asignada la cantidad de mil pesos anuales a los Ministros Plenipotenciarios i encargados de negocios cerca de los Gobiernos de Europa, i seiscientos a los de América, para gastos de secretaría i correspondencia.

Se leyó tambien otra en que pide tome la Comision en consideracion el tratado con la República Arjentina, respecto de estar ya para espirar el término estipulado en él para su ratificacion. Se puso en tabla por su órden. I otra en que recomienda a la viuda del benemérito capitan de artillería don Alejo Oyangure en la solicitud sobre montepío, cuya aprobacion pide a la Comision. Se acordó lo mismo i que el Secretario hiciese relacion del espediente cuando se considerase.

En este estado i no pudiéndose, por ser la hora avanzada, conocer de otros asuntos, se levantó la sesion, acordándose se repitiese estraordinariamente para el dia siguiente.

Nota. —Se consideró tambien el proyecto de decreto sobre autorizar al Ejecutivo para que emplee estraordinariamente las cantidades necesarias a la manutencion de los indios aliados, i agasajos de los que aun no lo son. Se acordó que la Comision estaba estrictamente de acuerdo con las razones que hacian urjente i necesario proveer a estos gastos, pero que siendo la redaccion indefinida se presentase un presupuesto sobre el que recaiga la autorizacion. —Perez.


ANEXOS

Núm. 97

Los contínuos reclamos que hacen al Gobierno los Ministros Plenipotenciarios i demas Ajentes Diplomáticos de Chile, cerca de los de Europa i América, han obligado al Vice-Presidente de la República a formar el adjunto proyecto de decreto, que tiene el honor de pasar a la Comision Nacional, a fin de que, dignándose tomar en consideracion los fundamentos en que se apoya, le preste la debida sancion, si lo halla justo como lo cree el Poder Ejecutivo.

La Comision Nacional se servirá tambien aceptar los sentimientos de respeto i consideracion, que reitera el Vice-Presidente. —Santiago, Agosto 24 de 1827. —F. A. Pinto. —Juan Francisco de Zegers, Sub-Secretario, encargado interinamente del despacho de Relaciones Esteriores. —A la Comision Nacional.


Núm. 98


Proyecto De Decreto

Considerando, que los sueldos asignados a los Ajentes Diplomáticos en Europa i América por el decreto de 7 de Setiembre de 1824, son apénas suficientes para que puedan vivir con el decoro que pide su representacion, e igualmente que, no acompañándolos mas que un Secretario de Legacion, sin otros agregados que puedan llevar la pluma en los negocios de su cargo, necesitan procurarse uno o mas amanuenses para el desempeño de la secretaría, como asimismo satisfacer los costos de la correspondencia que les remite su Gobierno i franquear las que le dirijen; hemos venido en decretar i decretamos.

Artículo único. —Queda asignada la cantidad de mil pesos anuales a los Ministros Plenipotenciarios i Encargados de Negocios cerca de los Gobiernos de Europa, i seiscientos a los de América para gastos de secretaría i correspondencia. —Juan Francisco de Zegers, Sub-Secreta