Adoptada como debe adoptarse en todo sistema de administracion de justicia la publicidad absoluta de los juicios en todas sus partes, basta un solo juez, dice ▼Bentham, i aun me adelanto a creer que uno solo es preferible a muchos. Según este escritor, la unidad en la judicatura es favorable a todas las circunstancias que deben exijirse de un juez, al paso que la pluralidad las menoscaba i debilita. La integridad de un juez depende mucho de su responsabilidad, i su responsabilidad es mucho mayor, sea delante de la lei, sea con respecto a la opinion pública (que despues de todo es el único tribunal que puede ejercer sobre los jueces una superintendencia eficaz, cuando se le suministran los medios de instruirse i pronunciar sus juicios) si pesa sobre un hombre solo; si este hombre no tiene mas apoyo ante el público que la rectitud de sus decisiones ni mas escudo que la estimación de sus conciudadanos; i si en el caso de cometer una injusticia, el descrédito ha caer sobre él todo entero, i se halla solo contra la indignacion universal. Pocos hombres se inmolan por la virtud, por la infamia ninguno. Aun cuando un juez no fuera íntegro por inclinacion, tendría que serlo a pesar suyo en una posicion en que su interes es evidentemente inseparable de su deber.
Esto sucede en un juzgado unipersonal, veamos a qué se reduce la responsabilidad de un tribunal numeroso. Una corporacion, ademas de contar con mucho mayor número de conexiones sociales, de valedores i apasionados, tiene a su favor el prestijio de aquella superior autoridad e instruccion que se presume en una reunion escojida. Para el vulgo es mui cómodo, en vez de pesar las razones, contar los votos. El número impone respeto a la imajinacion i en casos ordinarios la subyuga. Si esta ilusion se estendiese a todo el público, el mal no sería tan grave porque las sentencias, aunque fuesen injustas, no lo parecerían. Pero no es así; unos se dejan arrastrar del número, otros examinan i condenan. El descrédito se propaga, i a la larga echa raices hondas, a lo ménos en la clase mas instruida de la sociedad, que es la que da el tono a la opinion.
La responsabilidad, pues, tan poderosa sobre el individuo, intimida mucho ménos a una corporacion, i tanto ménos, cuanto mas numerosa sea, i lo peor es que no se consigue por este medio ni aun la mezquina ventaja de que deslumbre a los mas ignorantes, porque solo la rectitud de las decisiones puede asegurar largo tiempo la confianza pública. Bentham apoya esta idea con la historia de algunas corporaciones célebres.
En un tribunal compuesto de muchos, cada miembro tiene el medio de absorvelse a sí mismo, imputándose unos a otros la odiosidad de un decreto injusto que, siendo obra de lodos, no lo es en realidad de ninguno. Mi modo de pensar tío era ese, pero la mayoría de mis colegas estaba tan decidida que no pude resistirla. Tal es el lenguaje de varios jueces i de sus amigos; la debilidad pasa por modestia i la cobardía por deferencia, la afrenta de la injusticia se elude, o dividida en la muchedumbre, se reduce a una fraccion pequeña. Pero un juez único no tiene escapatoria; él reporta todo el crédito de los aciertos, i toda la ignominia de las prevaricaciones.
Añádese a esto que un cuerpo, sobre todo si es algo numeroso, los individuos se apoyan i sostienen unos a otros. Un hombre en medio de sus compañeros se fortifica con los aplausos de éstos contra la desaprobacion jeneral. Las personas que vemos diariamente i con quienes formamos relaciones íntimas, son aquéllas cuyo concepto i buena voluntad nos importa mas. Pero un juez que no puede oponer a sus censores la fuerza de una confederacion, sucumbirá en breve a la reprobacion pública, si es que podemos suponerle tan insensato que quiera acumular carbones encendidos sobre su cabeza.
Sucede a menudo en una corporacion que un individuo arrastra las opiniones de sus colegas por su saber o su carácter. Entónces, en ganando este voto predominante, están seguros los otros. El tribunal que se halla en este caso, que no es de rara ocurrencia, es unipersonal de hecho, i, sin embargo, carece de las garantías de los juzgados unipersonales.
Otro inconveniente de la pluralidad es que ofrece a cada miembro un medio de prevaricar a medias sin comprometerse. Con dejar de asistir al tribunal se da medio voto al litigante injusto que se desea favorecer.
El juez único tiene que dar todo su voto o dejar a otro su puesto.
El número ademas puede servir para paliar parcialidades,actos de arbitrariedad o tiranía bajo el pretesto especioso de celo por la honra o dignidad de la corporacion.
Por salvar el honor de ésta, se desentienden sus miembros de reconocer un error, i agravan los perjuicios de las partes en vez de confesarlos.
Desgraciado el que ofenda al tribunal o a uno de sus miembros, porque cada cual, aparentando no consultar mas que el ínteres común del cuerpo, sirve en efecto al suyo. Para un juez único no hai este apoyo. No tiene asilo a que acojerse.
Sus injusticias o sus desaciertos son suyos, nó de un ser moral abstracto, a quien es preciso sacar airoso a todo trance, i para quien arde ostensiblemente el incienso, que en realidad se quema en las aras del amor propio ofendido.
Esto por lo tocante a la integridad; en otro número veremos (siguiendo siempre a Bentham) si la pluralidad de los jueces produce mejores efectos sobre sus disposiciones intelectuales.