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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXIII (1834-1836).djvu/137

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SESION DE 16 DE JULIO DE 1834

plitudine, certum puerorum ipsiuscivitatis, et diaecesis vel ejus provinciae, si ibi non reperiantur, numerum in collegio ad hoc prope ipsas, vel alio in loco convenienti ab Episcopo eligendo alere, atque relijiose educare et ecclesiasticis disciplinis instituere teneantur. Sess: XXIII. Cap. XVIII."

Es, pues, evidente que los Seminarios de la República, según lo mandado por la Lejislatura, que no ha hecho mas en esto que confirmar lo dispuesto por el Santo Concilio, deben establecerse separados de todo otro colejio, si así lo dispone el Obispo, i estar bajo su dirección i vijilancia; lo que es conforme con la práctica de las naciones mas ilustradas i mas católicas de la Europa.

En cuanto a las rentas que se le destinan, devolviéndole las que tenía de su pertenencia el Instituto Nacional, no se ataca en modo alguno a este establecimiento ni se coopera a su decadencia, porque el Instituto no da al Seminario fuera de él, mas de lo que hubiera gastado para mantenerlo si le hubiese quedado incorporado; i porque el Gobierno no negará jamas a este establecimiento todo lo que pueda serle necesario para su conservacion, como ya lo tiene prevenido a su actual Rector. Si fuese necesario crear nuevas clases en el Instituto, no será nunca la separacion del Seminario una causa para no hacerlo, porque los antiguos fondos de este particular establecimiento no pudieran ser invertidos en clases que no fuesen para llenar su objeto; i por que la Nacion crea nuevos fondos, en el caso que no basten los que existen, para ocurrir a nuevas necesidades. Es verdad que en el Instituto casi ninguno entre sus alumnos se dedicaba al sacerdocio; i por esto mismo se restablece el Seminario, porque un Estado no puede mantenerse miéntras no hai relijion, i no puede haber relijion si no hai ministros del culto.

El plan de estudios eclesiásticos presentado por el señor Obispo, ha sido aprobado por el Gobierno provisoriamente i miéntras se dicta el plan jeneral de educacion. La importancia de su objeto i de las materias que encierra, debe empeñar a todo ciudadano capaz de ilustrarlas, a publicar sus ideas, ántes que una comision nombrada por el Gobierno se ocupe en darle toda la estension de que es susceptible, sea para proponer las modificaciones que pueda creer necesarias, sea para demostrar la necesidad de adoptarlo definitivamente. En el artículo Variedades publicamos un trozo sobre el mismo argumento de Tallyrand Perigord. I aunque no garantimos cada una de las proposiciones que vierte en él el renombrado publicista, creemos que todas pueden echar mucha luz sobre la materia de que se trata. Comparando con el proyecto del digno i respetable prelado de Chile, el que presentó para una nacion tan ilustrada como la Francia, el antiguo Obispo de Antun, en el momento de ver elevarse el jigante de la libertad sobre los escombros de la tíranía i del fanatismo, nos parece observar que el mérito de la sencillez que tanto se desea en obra de esta naturaleza, se encuentra mucho mas en la produccion de este último que en la del primero. Recortando el estudio de la física, que por otra parte no se hallaba preparado en el plan del señor Obispo por el de las matematicas, i subrogándole el de la historia eclesiástica i de la oratoria sagrada, el Gobierno ha mostrado la senda que debe seguirse en la educacion de los eclesiásticos, que toda debe ser dirijida al ejercicio de la mas pura, mas modesta i mas popular profesion, i al mismo tiempo, la mas notable i elevada de todas. Somos de opinion que el prestijio mas poderoso del sacerdocio nunca podrá ser el fruto de la posesion de las ciencias exactas. El ministro de Dios debe ceñirse a las que tienen una conexion mas estrecha con el corazon del hombre. Los Newton i los Davy ignoran demasiado las mas de las cosas de este mundo, para poder merecer nuestra confianza hablándonos, con la seguridad que es preciso, de las cosas del otro.

Esperamos que la sabiduría de los hombres encargados de la pública educacion, teniéndolo todo presente, prepare para la jeneracion venidera un clero tan instruido como modesto, i tan útil como honroso a la sociedad. Entre tanto, el Gobierno se ha visto obligado a llamar de Italia relijiosos con el objeto de incorporarlos al colejio de Chillan, para destinarlos de allí a las funciones del sacerdocio en las provincias de Chiloé i de Valdivia.

¿Quién creería que en una poblacion de cincuenta mil almas, esparcidas en un vasto territorio, no se encuentren mas que dos ministros del altar? Por la Constitucion, la Relijion de la República de Chile es la Católica, Apostólica, Romana. Incumbe al Gobierno protejerla. Chiloé i Valdivia claman por esta proteccion.

¿Pudiera lograrse el cumplimiento de una parte tan esencial de la Constitucion en aquellas provincias, sin proveerlas con un número suficiente de eclesiásticos, capaces de llenar todos los deberes del sacerdocio católico, i satisfacer así un deseo tan justo i tan lejítimo i al mismo tiempo tan provechoso al bienestar de todos sus habitantes? Se dirá que pudieran enviarse allí clérigos i relijiosos de la misma capital. I ¿los hai disponibles? Para poder hacer partir con aquel destino solo ocho de entre ellos, el Gobierno ha hecho convocar a todos los prelados, i ha encontrado las mayores dificultades para hacerlos nombrar.

Despues de nombrados, se ha hallado que los mas estaban enfermos; i ha sido hasta preciso quitar a los conventos algunos de los individuos destinados a la enseñanza.

La repugnancia ha llegado al punto que dos de entre ellos, para no ir, se han escondido fuera de su convento. Si la medida de que se trata diese lugar a una larga espera, pudiera confiarse