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CÁMARA DE SENADORES
CÁMARA DE SENADORES
SESION 26, EN 11 DE AGOSTO DE 1834
PRESIDENCIA DE DON DIEGO JOSÉ BENAVENTE
SESION 26, EN 11 DE AGOSTO DE 1834
PRESIDENCIA DE DON DIEGO JOSÉ BENAVENTE
SUMARIO. —Nómina de los asistentes. —Aprobacion del acta de la sesion precedente. —Cuenta. —Proyecto de Organizacion judicial. —Privilejio para la elaboracion de mármoles i piedras preciosas. —Oficio de recibo. —Sobresueldo de la guarnicion de Coquimbo. —Renovacion de la Mesa de la Cámara de Diputados. —Memoria de Relaciones Esteriores. —Proyecto de acuerdo sobre las memorias ministeriales. —Acta. —Anexos.
CUENTA
Se da cuenta:
- De un oficio con que el Presidente de la República acompaña una solicitud entablada por don José Antonio Silva, en demanda de privilejio esclusivo para elaborar mármoles, jaspes i piedras preciosas. (Anexos núms. 269 i 270. V. sesion del 29 de Agosto de 1833.)
- De otro oficio por el cual el mismo Majistrado avisa que queda impuesto de la renovacion de la Mesa. (Anexo núm. 271.)
- De otro oficio por el cual la Cámara de Diputados trascribe un proyecto de lei que asigna cierto sobresueldo a la guarnicion de Coquimbo. (Anexo núm. 272. V. sesion del 2 de Julio de 1834.)
- De otro oficio por el cual la misma Cámara comunica la renovacion de su Mesa. (Anexo núm. 273.)
- De la Memoria de Relaciones Esteriores presentada por el Ministro del ramo con arreglo al artículo 88 de la Constitucion. (Véase Cámara de Diputados en 13 de Agosto de 1834.)
ACUERDOS
Se acuerda:
- Desechar la parte 3.ª del artículo 5 del proyecto de Organizacion judicial. (V. sesiones del 8 i del 13.)
- Que la Comision de Industria dictamine sobre la demanda de privilejio de don J. A. Silva. (V. sesion del 13 de Setiembre de 1834.)
- Que las Comisiones de Guerra i Hacienda dictaminen sobre el proyecto de lei que asigna un sobresueldo a la guarnicion de Coquimbo. (V. sesiones del 13 i del 20.)
- Que la Comision de Gobierno dictamine sobre la Memoria de Relaciones Esteriores i proponga un proyecto de acuerdo para fijar el procedimiento que se deba observar cuando se reciban estos informes anuales. (V. sesion del 17 de Julio de 1833.)