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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXIII (1834-1836).djvu/339

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SESION DE 15 DE JUNIO DE 1835

a derecho, bajo del cual prometió decir verdad de lo que sepa i sea interrogado, i siéndolo al tenor del pedimento responde: que le consta ser cierto cuanto dice el que representa; pues le conoce desde el año veinte en que vino a esta provincia, como el ser casado i todo lo demás como lleva dicho; i responde, leida que le fué esta su declaración, ser la misma i que no tenía que quitar ni añadir, por ser la verdad en la que se afirmó i ratificó; dijo ser de edad de cuarenta i cinco años; i la firmó conmigo; de que doi fé. —Juan Cuadros. —Federico Gallardo, escribano público.


Núm. 522

Señor Juez de Derecho:

Román Guzman, natural de Buenos Aires i vecino de esta provincia, ante US. dice: que, teniendo intención de avecindarme en el pais, i siéndome preciso sacar carta de naturaleza, se ha de servir US. mandar que los señores don Antonio Pérez, don José Salamanca i don Rafael Dueñas absuelvan las preguntas siguientes:

  1. Digan si soi casado con chilena i si tengo hijos;
  2. Si hacen ocho años que resido en la provincia i si tengo capital en jiro; i
  3. Si tengo bienes raices i un decente modo de vivir.

Fecho que sea, se me devuelva para los fines que me convengan.

Por tanto,

A US. suplico se sirva mandar como solicito por ser así de justicia. —Román Guzman.


San Cárlos, 21 de Enero de 1835. —Por presentado, admítese la información i se comete. —O'Rian. —Ante mí. -Gallardo.


En cumplimiento del decreto que antecede, procedí a tomar las presentes declaraciones i al efecto presentó la parte por testigo a don Rafael Dueñas, a quien tomé juramento, que lo hizo por Dios Nuestro Señor i una señal de la cruz conforme a derecho, bajo el cual prometió decir verdad de lo que sepa i sea interrogado, i siéndolo al tenor del pedimento responde: A la 1.ª dijo: que es cierto que es casado con chilena i que tiene hijos;

A la 2.ª dijo: que es positivo que reside ocho años en el país i que tiene capital en jiro;

A la 3.ª dijo: que es constante que tiene bienes raices i que en lo demás es constante todo el lleno de la pregunta.

Rafael Dueñas. —Federico Gallardo, escribano público.


En el mismo dia de la fecha, presentó la parte por testigo a don José Salamanca, quien fué interrogado a las preguntas conforme al interrogatorio i

A la 1.ª dijo: que es cierto que es casado con chilena i que tiene hijos;

A la 2.ª que es evidente reside en el pais ocho años i le conoce capital en jiro;

A la 3.ª dijo: que sabe tiene bienes raices i vive cómodamente.

José Salamanca. —Federico Gallardo, escribano público.


En el mismo dia de la fecha, presentó la parte por testigo a don Antonio Pérez, quien, preguntándole al tenor de las preguntas del interrogatorio, dijo:

A la 1.ª: que le consta que es casado con chilena i que tiene hijos;

A la 2.ª dijo: que es evidente reside en el pais ocho años i le conoce capital en jiro;

A la 3.ª dijo: que sabe tiene bienes raices i vive cómodamente.

Antonio Pérez. —Federico Gallardo, escribano público.


San Cárlos, 22 de Enero de 1835. —Por concluidas estas delijencias, entréguense al interesado para los fines que le convengan. —O'Rian. —Ante mí, Gallardo.


Núm. 523

Ilustre Municipalidad:

Román Guzman, natural de Buenos Aires, ante V. S. dice que, teniendo intención de avecindarse en el pais, se ha de servir ese Ilustre Cuerpo corroborar la información que en debida forma presento, i fecho se me devuelva para los fines que me convengan.

Por lo que,

A V. S. pido se sirvan mandar como solicito por ser así de justicia, etc. —Román Guzman.


San Cárlos, Enero 29 de 1835.

Por presentado con la información que acompaña i siendo, como lo es, notorio su contenido, devuélvase al interesado para los fines que le convengan. —CARVALLO. —Gómez, secretario-municipal.


Núm. 524

El Senado ha tomado en consideración el espediente promovido por don Cárlos Thurn, solicitando alguna indemnización pecuniaria por