Renjifo, Rozas, Tocornal, Vial del Rio i Meneses.
Aprobada el acta de la anterior, se leyeron dos dictámenes: uno de la Comision de Hacienda sobre el proyecto pasado por la Cámara de Diputados, declarando no hallarse comprendidos en la lei de 18 de Octubre de 1832, los depósitos pertenecientes a particulares, hechos en arcas fiscales, se mandó poner en tabla; i el otro de la Comision de Gobierno sobre que el Senado acuerde se ponga en noticia del Presidente de la República que don Juan Godoi, natural de Mendoza, ha acreditado tener las calidades que se requieren para que se le espida la correspondiente carta de naturaleza, fué aprobado; i se pasó a la primera discusión del número 1.º del artículo 1.º del proyecto sobre reconocimiento de la deuda interior, i concluido, ▼se aprobó en jeneral el decreto propuesto por el ▼Presidente de la República, concediendo privilejio esclusivo por diez años a don Guillermo VVheelright, para establecer la navegación por buques de vapor en nuestros puertos, i se levantó la sesión. —Doctor ▼Elizondo, Presidente. —▼Meneses, secretario.
ANEXOS
Núm. 533
▼La Comision de Gobierno es de sentir que el Senado apruebe el decreto propuesto por el ▼Presidente de la República, por el que se concede a don Guillermo Wheelright el privilejio esclusivo por diez años que solicita para establecer la navegación por buque de vapor en nuestros puertos.
Santiago, Junio 26 de 1835. —▼J. de D. Vial. —▼M. de Egaña.
Núm. 534
▼La Comision de Gobierno ha visto i examinado el espediente con que don Juan Godoi, natural de Mendoza, acredita tener las calidades que se requieren para que se le declare hallarse en el caso que previene la lei, i lo encuentra arreglado; por lo que es de sentir que el ▼Senado acuerde se ponga en noticia del ▼Presidente de la República, a fin de que le mande espedir la correspondiente carta de naturaleza. —▼J. M. de Rozas. —▼M. de Egaña.