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CÁMARA DE SENADORES

conducta irreprensible; i que igualmente ha notado en el interesado la mas decidida adhesion al sistema de la Patria i a nuestra Independencia, i que, por consiguiente, le consta ser casado con hija del pais, i que su destino actual es el de oficial de esta Tesorería Jeneral. I que esta es la verdad so cargo del juramento, en que se ratificó, habiendo leido su declaracion; que es mayor de edad i no le tocan las jenerales i firmó; de que doi fé. —Pedro Silva. —Ante mí, Rebolleda.


Núm. 1090

Mui Ilustre Municipalidad:

José María García, natural de Cartajena de Levante, en los dominios de España, ante V. S. con mi mayor respeto, hago presente que deseo permanecer en la Nacion chilena, i en conformidad del artículo 6.º, partida 3.ª de la Constitucion, declaro ante V. S. mi intencion de avecindarme en esta República de Chile; para lo cual tengo las cualidades que previene la espresada Constitucion, como lo acreditan los documentos de informacion que en debida forma presento.

En esta virtud,

A V. S. suplico se digne mandar refrendar dichos documentos, para con ellos ocurrir a la autoridad competente para el indicado fin; que es gracia que espero, etc. —José María García.


Santiago, Octubre 16 de 1835.

Habiendo acreditado el interesado su intencion i ánimo, ante la Ilustre Municipalidad, de avecindarse en Chile, ésta, en conformidad de la parte 3.ª, artículo 6.º de la Constitucion i del artículo 2.º, libro 4.º, boletín números. 5.º, refrenda los justificativos que se acompañan, i con ellos puede ocurrir a la autoridad competente por la carta de naturalizacion que solicita. —Huici. —Carrasco, rejidor-secretario.


Núm. 1091

Señor Juez Letrado:

Don Martín Narro, natural de los Reinos de España, ante US., como mas haya lugar, me presento i digo: que deseo pertenecer a la Nacion chilena, i hallándome con las cualidades que previene nuestra Constitucion del caso, como son la de tener mas de diez i seis años de vecindad; la de ser casado con doña María Jesús Magallanes mas de doce años a la fecha i el destino que he obtenido algunos años es el de comerciante en una esquina de bastantes labores; jamas he dado nota de mi conducta i pacífica comportacion, con la que me he gobernado siempre; todo lo que protesto justificar en forma bastante.

I para ello,

A US. suplico se sirva mandar se reciba la informacion que corresponde, i fecho, se me devuelva para los fines a que es referente; pido justicia, etc. —Martín Narro.


Santiago, Octubre 14 de 1835.

Recíbase la informacion que se ofrece; se comete i fecho, entréguese a la parte para que use de su derecho. —Montt.


Proveyó, mandó i firmó el decreto que antecede el señor don José Santiago Montt, Juez de Letras de esta capital, en el dia de su fecha; doi fé. —Gajardo.


En catorce del corriente mes i año, hice saber el decreto de la vuelta a don Martín Narro; doi fé. —Gajardo.


En catorce de Octubre de mil ochocientos treinta i cinco, la parte de don Martín Narro, para la informacion ofrecida, presentó por testigo a don Rafael Formas, quien, juramentado en forma legal, prometió decir verdad en lo que supiere i le fuere preguntado, i siéndolo al tenor del escrito de la vuelta, dijo: que sabe i le consta que la parte que lo presenta reside en esta capital como diez i seis años a la fecha, siendo casado con doña María Jesús Magallanes, natural de la misma, como doce a trece años; que así mismo le consta tener un capital en jiro de comercio, considerable, adquirido con su trabajo personal i buena conducta bastante notoria. Que lo dicho i declarado es la verdad, en cargo del juramento que hecho tiene, en que se afirmó i ratifitó i firmó; espresando ser mayor de edad; de que doi fé. —Rafael Formas. —Ante mí, Gajardo.


En el mismo dia, mes i año i para el propio efecto, la misma parte presentó por testigo a don José María Villarreal, quien, juramentado en la forma legal, prometió decir verdad en cuanto supiere i le fuere preguntado, i siéndolo al tenor del escrito que lo motiva, dijo: que sabe i le consta todo lo que se relaciona en el citado escrito, con motivo a conocerlo como diez i seis años a la fecha. Que todo lo dicho i declarado es la verdad, so cargo del juramento hecho, en que se afirmó, ratificó i firmó; espresando ser mayor de edad; de que doi té. —José María Villarreal. —Ante mí, Gajardo.