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dere indispensables, inviniendo en su dotacion, ya sea bajo el título de sueldo o de gratificaciones, hasta la suma de cinco mil pesos anuales;" i despues de haberse discutido fué aprobado en los mismos términos, acordando igualmente comunicarlo al Senado ántes de aprobar el acta.
I se levantó la sesion. —Vial. —Vial, diputado-secretario.
ANEXO
Núm. 215
▼La ▼Comision de Hacienda ha considerado detenidamente la nota que antecede i el espediente de su referencia, i cree de absoluta necesidad la adopcion de alguna medida que ponga término a las escandalosas internaciones clandestinas que se hacen por los boquetes de cordillera en la provincia de ▼Coquimbo.
Ninguno parece a la Comision mas adaptable que el propuesto por el Ejecutivo, i bajo esta persuacion i la protesta de sostener su dictámen en la discusion, somete a la aprobacion de la Sala el siguiente ▼proyecto:
"Artículo único. Se autoriza al Ejecutivo para que invierta anualmente la suma de cinco mil pesos en la dotacion de los ▼resguardos que juzgue conveniente crear en la provincia de Coquimbo."
Santiago, Diciembre 18 de 1833. —▼J. M. de Rosas. —▼Fernando Márquez de la Plata. —▼Ramón Renjifo."