▼racion que, por el Mensaje del Presidente de la República su fecha 17 de Junio de 1833, el Gobierno no encuentra inconveniente en restituir a don José de Santiago Concha al empleo de Ministro de alguno de los ▼Tribunales Superiores de Justicia del Estado:
Decreta:
- Debiendo don José de Santiago Concha ser restituido al empleo de Ministro de alguno de los Tribunales Superiores de Justicia del Estado, el Presidente de la República, en uso de sus supremas facultades, dispondrá al efecto lo conveniente.
- Solo en el caso de que el espresado don José de Santiago probare documentalmente i de un modo plenamente satisfactorio por espediente formal con audiencia de los funcionarios públicos que corresponde, que se halla absolutamente imposibilitado para llenar las funciones del destino a que se le restituye, tendrá lugar a que se le declare goce de montepío, i en este caso no será obstáculo para ello el hallarse vivo.
Si hubiese déficit en los fondos naturales de la caja de montepío de Ministros, la Hacienda Nacional cubrirá, solo durante los dias de dicho don Santiago, la suma que le correspondiere por el montepio, sin perjuicio de los derechos de su familia contra los fondos naturales de la caja despues del fallecimiento de don José de Santiago."
Dios guarde al señor Presidente. —Cámara de Senadores. -Santiago, Julio 17 de 1833. —▼Fernando Errázuriz. —▼Fernando Urizar Garfias, pro-secretario. —Al señor ▼Presidente de la Cámara de Diputados.
Núm. 85
▼En vista de la solicitud del prebendado don José Antonio del Alcázar, que orijinal acompaño con los documentos a que se refiere, el ▼Senado ha acordado el siguiente decreto: "Se concede permiso al prebendado de la ▼Iglesia Catedral de Concepción, don José Antonio del Alcázar, para que pueda aceptar la gracia de proto notario apostólico honorario concedida por la Silla Apostólica en el breve presentado".
Dios guarde al señor Presidente. —Cámara de Senadores. —Santiago, Julio 17 de 1833. —▼Fernando Errázuriz. —▼Fernando Urizar Garfias. —Al señor ▼Presidente de la Cámara de Diputados.
Núm 86
▼Jurada ya en este departamento la ▼Constitución reformada, que fué el motivo de mi licencia, de nada debería ocuparme con mas gusto que de contribuir con mis débiles esfuerzos a los importantes trabajos en que se ocupa la ▼Cámara, a que tengo el honor de pertenecer; pero atacado gravemente de la afeccion al pecho que sufro ha cuatro años, no me es posible abandonar este temperamento que es el único antídoto con que otras veces me he librado de la muerte.
Es imposible fijar tiempo a mi restablecimiento porque no tengo la menor seguridad de la vida, así es que tampoco puedo asegurar el de mi ▼regreso; mas, puedo prometer a V. E. que aprovecharé los primeros momentos de mejoría para ocuparme del que creo el primero de mis deberes.
No acompaño a V. E. testificación de facultativo porque no lo hai en este pueblo i porque espero me haga V. E. la justicia de creer mi esposicion; mas, si ésta no fuese bastante por llevar adelante las formalidades establecidas, con el aviso de V. E., remitiré oportunamente una información jurada de los principales vecinos de este pueblo.
Sírvase pues V. E. hacerlo así presente a la Cámara que preside, admitiendo las consideraciones de mi mayor aprecio. —Melipilla, Julio 12 de 1833. —▼José Domingo Barros. — Al señor ▼Presidente de la Cámara de Diputados.
Núm. 87
▼La ▼Comision de Gobierno ha examinado el ▼proyecto de lei que antecede i cree que no solo es justo erijir en provincia el antiguo departamento de Talca, sino útil a esos pueblos i a toda la República, al mismo tiempo que necesaria; bajo estos principios la Comision juzga que la Sala debe aprobar el proyecto indicado. —Santiago, Julio 15 de 1833. —▼José Manuel Astorga . —▼Joaquín Tocornal. —▼Manuel Camilo Vial. — ▼Juan Francisco de Larraín.
Núm 88
▼Conforme a lo dispuesto en la lei de creacion de este establecimiento, incluyo a V. S. el estado de entradas i salidas de la Caja correspondiente al trimestre de Julio, i el boletín núm. 17, referente a la amortizacion de fondos; todo lo que se servirá V. S. elevar al conocimiento de la Sala.
Dios guarde a V. S. muchos años. —Caja de Amortizacion. —Santiago, Julio 10 de 1833. —▼Diego Antonio Barros. —▼Miguel del Fierro, secretario. —Señor ▼Secretario de la Cámara de Diputados.