este benemérito e incomparable oficial, yo solamente os haré presente los últimos sucesos de su vida para rendir de este modo el homenaje debido a la memoria del primer europeo ciudadano de Chile.
Invadido Talca por una respetable división enemiga, en circunstancias que se hallaba sin guarnición alguna, el heróico Spano sostuvo la plaza haciendo una vigorosa defensa por mas de dos horas sin otro auxilio que veinte fusiles, tres cañones, sesenta artilleros i treinta lanceros. Contestó al invasor que solo despues de su muerte ocuparía la ciudad que estaba encargada a su cuidado; i cuando ya el enemigo era dueño de todas las calles de la ciudad i de las cuatro entradas de la plaza mayor; cuando el valiente Gamero, único oficial que sostenía todavía el fuego contra el enemigo, quedó muerto al pié del cañón, otro de los oficiales dijo a nuestro héroe: "Ya hemos hecho cuanto pide el honor, huyamos ahora, aun hai una calle descubierta."
Mas, este hombre, digno por todos títulos de nuestra admiración i gratitud, respondió: "Aun no es bastante, yo no debo sobrevivir a la desgracia de la Patria." I observando entónces que los enemigos acometían a quitar la bandera tricolor que se elevaba en el centro de la misma plaza, corrió presuroso por entre el tropel de los tiranos, abrazándose de ella, cubierto de heridas, su voz balbuciente pronunció por últimas palabras: "Muero por mi Patria, por el pais que me adoptó entre sus hijos."
Chilenos: yo no os presento a Spano abandonando la opinion de sus proterbos paisanos por sostener la libertad de nuestro pais; nó, os lo presento vencedor de Chillan el dia 3 de Agosto i ocupando casi toda aquella ciudad; tampoco casi abrasado por el incendio del mismo dia 3 por defender una de nuestras baterías; no le miréis organizando e instruyendo la fuerza que ha salvado a la Patria, ni le consideréis como uno de los mejores oficiales que han existido en América i que talvez no conocía otro superior en su línea. Os lo presento solamente en los últimos instantes de su vida, defendiendo a Talca, infundiendo valor al pequeño número de sus defensores i respeto a los tiranos, i sé que vuestra gratitud hácia las respetables cenizas de este ilustre ciudadano no tendrá límites i que recordareis su memoria con el mas tierno agradecimiento miéntras exista el nombre sagrado de la Patria.
En fuerza de todas estas consideraciones, he venido en decretar lo siguiente:
- Luego que se reconquiste Talca, se levantará en medio de la plaza mayor de aquella cuidad una pirámide con esta inscripción: La Patria agradecida al héroe de Talca, Spano.
- Se grabará también su nombre en la pirámide de la Fama, con la distinción de que sea inscrito con letras de oro.
- En todos los Cabildos de Estado se rejistrará este decreto.
- Luego que se concluya la guerra, el Estado hará donacion a su apreciable familia de un fundo cuyos productos sean suficientes para que se sostenga i en el entretanto se asignará a su viuda una pensión de cien pesos mensuales.
- Se celebrará en esta capital a costo del Estado exequias fúnebres por su alma, con asistencia mia i de todos los cuerpos públicos i con la mayor pompa í solemnidad.
Tal es el premio que la Patria dispensa a los virtuosos ciudadanos que, siguiendo los pasos de este benemérito oficial, no dejen a los tiranos la esperanza de subyugar el pais que ha proclamado su libertad i que tiene hijos esforzados que morirán ántes de ver ultrajados sus derechos; i la gratitud pública será mayor con la preciosa porcion de europeos que, contrarios a la opinion jeneral de sus feroces paisanos, miran como su patria el suelo que les ha distinguido i colocado en un grado de fortuna que jamas pudieron esperar.
Santiago, 11 de Marzo de 1814. —Antonio José de Irisarri. —▼Mariano de Egaña, secretario.
Núm. 184
▼Excmo. Señor:
Doña Nieves Ceballos viuda del coronel don Cárlos Spano, respetuosamente a V. E. digo: que muerto gloriosamente mi marido en defensa de Chile, tuvo a bien el Supremo Gobierno, al decretar, con fecha 11 de Marzo de 1814, el homenaje debido a su heróico sacrificio, conceder una pensión de cien pesos mensuales a su desgraciada familia, de que disfrutó por algún tiempo. Pero, olvidada demasiado pronto la memoria de un guerrero que la Patria quiso hacer eterna, se me redujo a treinta pesos mensuales por decreto de 13 de Mayo de 1823, para dar pensiones cuantiosas a otras que tenían mas valimiento. Sufrí en silencio este golpe de autoridad que arrebataba despóticamente lo que un poder superior me había concedido.
En efecto, V. E. sabe que, en el año de 1814, se hallaban reasumidos en el Gobierno todos los poderes de la Nación como que no se conocían Asambleas Lejislativas, ni hubo Lei Constitucional hasta el de 18. El mismo decreto citado de 11 de Marzo, manifiesta en cada una de sus disposiciones que no fué ni pudo ser librado sino en fuerza de la plenitud de autoridad de que estaba revestido el Gobierno en aquella época; miéntras que el ex-Director don Ramón Freire no tuvo, al tiempo de su derogación, otras atribuciones que las meramente ejecutivas, pues solo el 21 de Julio de 1824 se le dieron facultades estraordinarias para proveer a las ocurrencias urjentes con el objeto de hacer efectiva la Constitución de 23.