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CÁMARA DE DIPUTADOS
- Los ▼Senadores i ▼Diputados al ▼Congreso miéntras la respectiva ▼Cámara, o, en su receso, la ▼Comision Conservadora, no haya autorizado préviamente la prisión.
- Los intendentes i gobernadores de plaza i departamento.
- Los deudores ejecutados por su consorte, ascendientes, descendientes, suegros, yernos o hermanos.
Con lo que se levantó la sesión. —▼Jose Vicente Izquierdo. —▼Montt, diputado-secretario.
ANEXO
Núm. 309
▼La ▼Comision de Hacienda propone para su aprobacion el siguiente
"Artículo único: Se faculta al Presidente de la República para que conceda a don José Antonio Vásquez, por cinco años, el privilejio esclusivo de fabricar tafiletes i cabritillas, siempre que no exista en el pais otra fábrica para la manufacturaron de esta clase de pieles."
Santiago, Agosto 22 de 1836. —▼José Antonio de Huici. —▼Pedro Nolasco Vidal. —▼R. Renjifo.