i el Emperador del Brasil, para cuya lejitimidad es necesaria la ratificacion del ▼Congreso, i los Diputados no vacilarán jamas en aprobar cualesquiera disposiciones que tomáreis con el fin de ensanchar nuestras relaciones de amistad i comercio con todos los pueblos de la tierra. La Cámara de Diputados ve con placer que el asunto de la deuda esterior tiene en vuestros consejos el lugar que le asigna su importancia. Ojalá que nuestro ajente consiga celebrar un convenio que, siendo honroso, facilite los medios de pagarla con la exactitud que conviene al crédito de la República.
Pero poco hai que sea mas halagüeño para la Cámara de Diputados, que aquella parte de vuestro discurso en que manifestais que no habeis tenido necesidad de recurrir a contribuciones estraordinarias ni a donativos forzosos, porque habeis encontrado los auxilios necesarios para hacer frente al enemigo i cumplir las obligaciones mas urjentes del Estado en el crédito del Gobierno, i en la pureza i economía con que se han administrado las rentas nacionales. Tampoco habeis desatendido durante la guerra los principales ramos de la administracion pública. Entre estos, ha merecido vuestra atencion la enseñanza primaria, que es un manantial de innumerables bienes en la sociedad civil. A vos toca, mui particularmente, propagarla i ponerla al alcance de la clase menesterosa del pueblo, de la cual han salido los valientes soldados que en los campos del Perú han hecho célebre vuestro Gobierno i aumentado el lustre que habían adquirido las banderas de la República.
Los vencedores de Yungai, donde quedó sepultada la obra de la usurpacion i de la intriga, i a cuyo fuerte brazo debe hoi Chile la paz i tranquilidad de que disfruta, son ciertamente dignos de la gratitud nacional, i nada hai mas justo que la ereccion de un monumento que recuerde a las jeneraciones venideras el valor con que estos insignes guerreros han defendido en los combates los derechos de la Patria.
La guerra, que declaró Chile al conquistador del Perú, indujo a los lejisladores a concederos facultades estraordinarias, para que pudiéseis tomar con la prontitud conveniente las disposiciones que pedía tan importante objeto. Esta ámplia autorizacion es altamente honrosa para vos i prueba la confianza que inspiran a los representantes del pueblo los gobernantes a cuya direccion confiaron la salvacion de la República. Terminada gloriosamente la contienda, declarásteis que la lei constitucional debía ejercer ya su santo i benéfico imperio.
"La Cámara de Diputados os felicita por los importantes sucesos que ilustran este último período de vuestro Gobierno. Tambien os promete trabajar juntamente con vos en todas las leyes, mejoras i reformas que puedan contribuir a la prosperidad i engrandecimiento de la Patria. Para proceder con acierto en tan delicada materia, cuenta sobre todo con los eficaces auxilios de la Divina Providencia."
Así mismo, se acordó pedir al Ejecutivo ciento cincuenta pesos para gastos de Secretaría.
Ultimamente, se leyó la mocion del señor ▼Reyes para que se decrete un voto de gracia a los individuos que componen el Ejército espedicionario al Perú, i en testimonio de gratitud se les obsequie, al Jeneral en Jefe un fundo rústico de valor de treinta mil pesos, al Mayor Jeneral otro de diez mil, i los terrenos baldíos de la República se adjudiquen al resto del Ejército, prefiriéndose a las viudas en este reparto, i se mandó traer para segunda lectura.
Con lo que se levantó la sesion. —▼PEDRO NOLASCO MENA. —▼Rafael Valentín Valdivieso, diputado-secretario.
ANEXOS
Núm. 519
▼El ▼Senado, en sesion de 1.º del actual, ha elejido para su Presidente al señor don ▼Juan de Dios Vial del Rio, para Vice al señor don ▼Diego Antonio Barros i para secretario al señor don ▼José Miguel Irarrázaval.
Dios guarde al señor Presidente. —Cámara de Senadores. —Santiago, Junio 14 de 1839. —▼José Miguel Solar. —▼Juan Francisco Meneses, secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Diputados.
Núm. 520
▼Habiéndose tomado en consideracion por el ▼Senado el proyecto de decreto, presentado por el señor ▼Egaña, para la existencia de cuerpos del ▼Ejército veterano en el lugar de las sesiones, se aprobó en la forma siguiente:
"El ▼Congreso Nacional permite que residan cuerpos del Ejército permanente en el lugar de sus sesiones i diez leguas a su circunferencia hasta el dia 12 de Junio de 1840."
Dios guarde al señor Presidente. —Cámara de Senadores. —Santiago, Junio 17 de 1839. — ▼DIEGO ANTONIO BARROS—▼José Miguel Irarrázaval, secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Diputados.
Núm. 521
▼Señores ▼Diputados:
Los veintiocho meses en que el Poder Ejecutivo ha rejido al Estado, con las ámplias e ilimitadas facultades que le fueron concedidas por la Le