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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXI (1831-1833).djvu/176

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GRAN CONVENCION

discusion en jeneral del proyecto de reforma de la Constitucion, presentado por la Comision.

El señor Bustillos. —Señores: Recuerdo que, cuando llamó la atencion del Congreso el motivo que ha dado lugar a los trabajos que vamos a emprender, se tuvo presente lo delicado o peligroso de reformar la Constitucion de un Estado. No obstante lo claro de esta verdad, que emana naturalmente de la razon, i que la vemos patentizada en la práctica, con las conmociones que ha ocasionado en la Gran Bretaña la discusion del último bill de reforma, al tratarse de la de 1828, nunca he creido haya habido objeto sobre qué hacer aplicacion de aquel principio. Si existe en realidad en el parecer de algunos, (tal es la felicidad que le está preparada a la República), que si el Congreso después de un maduro exámen, decretó la reforma de la Constitucion, debemos ponerla por obra, sin que por esto podamos temer causar algun mal ni que se nos juzgue conducidos por el error; porque, en efecto, si hai una conciencia para el entendimiento así como hai una para el corazon; si en virtud de esto existe tambien un sentimiento interior que conduce al hombre de bien i lo pone a cubierto del error, aun en las cosas que parecen exijir un preliminar de estudios i de reflexiones, en el caso presente se ve demostrada esta verdad si se reflexiona sobre la naturaleza del objeto i la causa que lo ha motivado.

Si el espíritu de órden que anima la República, el deseo que le ajita de mejorar sus instituciones i lo defectuoso de la Constitucion, en cuyo convencimiento se hallan aun aquéllos que carecen de conocimientos en política, han sido otros tantos estímulos para que las Cámaras decretasen la reforma, a nosotros toca no retardar por mas tiempo la pronta ejecucion de este gran bien.

Aunque para este efecto se ha presentado el proyecto que es el objeto de la discusion, respetando la sabiduría de los señores que lo han redactado, i aun, sin embargo, de carecer de las nociones que se requieren en la materia, me atrevo a decir que no se ha llenado el fin que nos debemos proponer. En mi concepto, veo que no habiéndose partido de principios se ha caido en defectos que deberían evitarse i esto ha hecho incurrir en un error que ya era tiempo de destruir. A este respecto, pués, emitiré algunas razones.

Si durante la guerra de la Independencia, Chile ha demostrado que tenía recursos para mantener su carácter de Nacion independiente, no es menos cierto (si se observa filosóficamente el desarrollo i curso de la série de acontecimientos en su revolucion) que le está preparado un alto rango entre las Naciones civilizadas. Al efecto, un jenio destinado por una especial prerrogativa para rejir sus destinos, sin cuya cooperacion no pueden describirse sus hazañas tan dignas de memoria, ni menos los admirables sucesos de su carrera política, le ha conducido siempre a exijir en medio de estas circunstancias que echan los fundamentos a la gran obra de las constituciones políticas la conservacion de sus costumbres i la creacion o fomento del espíritu público. Incesantemente él mismo ha manifestado la urjencia de poner en ejercicio aquel poder que, conservando al hombre moral, da fuerza a la autoridad política para conservar al físico i de este modo mantener la sociedad civil, en una palabra, siempre ha hecho ver a los encargados del poder la necesidad de una Constitucion para la República, i hasta ahora no sé por qué desgracia se ha querido darle cuadernos con el nombre de tales, con que se le ha querido rejir.

Acaso mis espresiones parecerán abultadas en el concepto de algunos i quizá sacrílegas en el de otros muchos; pero, siendo consecuente con mis principios, jamás daré otro nombre a este jénero de impresos que, aunque bautizados con el de constituciones, el uso les ha dado el de cartas que en realidad les conviene, pués con ellas se ha jugado la fortuna de los pueblos, i la suerte ha recaido siempre en favor de los demagogos.

Conociendo la docilidad que distingue el carácter de los chilenos que, después de tantas conmociones, aun han conservado una gran parte de la sencillez de sus costumbres, i lo que es mas, cuando observo en estas circunstancias que con la mejor buena fé se trata del bien de la República, desearía contribuir a él demostrando esta verdad, que no dudo evitaría males inspirando ideas que la harían feliz; pero la empresa es grande i exije esfuerzos proporcionados a su magnitud que son incompatibles con la debilidad de mis facultades.

Su objeto no es menos que hacer prevalecer el principio que, aunque sostenido por la esperiencia, se ve sumerjido en las hondas del torrente de ideas por naturaleza estravagantes que arrastra el mundo político i conduce a las Naciones a perecer en los terribles escollos de la anarquía: la Constitucion, que no es otra cosa que la espresion de la voluntad jeneral, no puede ser escrita, i, por consiguiente, no es la obra de un momento, ni la facultad para su formacion está vinculada a ninguna autoridad. Esta opinion que no está en consonancia con las ideas reinantes sobre esta materia, la creo desprovista de los prestijios de que debía estar rodeada, para que no se le clasifique de estravagante i quizá incapaz de tomarle en consideracion; pero, cumpliendo con el deber que me impone mi conciencia, debo emitirla, cuando convencido de su certeza suministran apoyo los innumerables hechos repetidos aun a nuestra vista.

Señores: al desempeñar las augustas funciones del honroso cargo que se nos ha confiado, parece que la mano invisible del jenio empeñado en rejir los destinos de nuestra Patria, nos presenta