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COMISION PERMANENTE

tes primera i segunda del artículo noventa i uno de la Constitucion, ha resuelto se excite el celo de V. E., a fin de que se le forme la correspondiente causa i sea castigado con todo el rigor de las leyes. —Dios guarde a V. E. —Noviembre 8 de 1832. —Al Poder Ejecutivo.


Núm. 114

La Comision Permanente ha examinado las cuentas de los gastos ordinarios i estraordinarios hechos en la Secretaría del Senado por el oficial mayor, desde el mes de Junio del año próximo pasado hasta esta fecha, con los doscientos cincuenta i tres pesos, que para el efecto se le han entregado en varias partidas por la Tesorería Jeneral; i resultando de ellas un alcance de trece pesos cinco i medio reales a su favor, se necesita para cubrir esta suma i atender a los gastos que orijina la Gran Convencion i la misma Comision Permanente, la cantidad de cien pesos, que V. E. se servirá librar a favor de dicho oficial mayor. —Dios guarde a V. E. —Noviembre 8 de 1832. —Al Poder Ejecutivo.


Núm. 115 [1]

Con esta fecha se ha ordenado a los Ministros del Tesoro pongan a disposicion del oficial mayor de esa Secretaría, cien pesos para gastos de escritorio, conforme al acuerdo de esta fecha que V. E. me comunica. —Dios guarde a V. E. —Noviembre 8 de 1832. —Joaquin Prieto. —Joaquin Tocornal. —Al señor Presidente de la Comision Permanente.

  1. Este documento ha sido trascrito de un volumen del Archivo Jeneral, titulado Congreso Nacional 1813-1870. —(Nota del Recopilador.)