280 | CÁMARA DE SENADORES |
SESION 7.ª EN 19 DE JUNIO DE 1840
PRESIDENCIA DE DON GABRIEL JOSÉ TOCORNAL
SUMARIO. —Nómina de los asistentes. —Aprobacion del acta precedente. —Donacion a los hijos de don Diego Portales.—Proyecto de Lei de Imprenta. —Acta.
ACUERDOS
Se acuerda:
- Desechar el artículo I.° del proyecto de lei que hace merced de $ 12,000 a los hijos de don Diego Portales sin perjuicio de asignarles alguna pensión. (V. sesion del 17 i el 22).
- Aprobar los artículos 72 i 74 del proyecto de Lei de Imprenta. (V. sesion del 17 i el 22).
ACTA
Asistieron los señores Tocornal Cavareda, Correa de Saa, Egaña, Fórmas, Meneses, Ortúzar, Ovalle Landa, Solar, Subercaseaux i Vial del Rio.
Aprobada el acta de la sesion anterior se puso en tercera discusion el artículo 1.° del proyecto de lei sobre asignacion a los hijos del finado señor ▼Ministro don ▼Diego Portales; i despues de un largo debate, habiéndose procedido a votacion resultó desechado por nueve votos contra dos. El señor ▼Vial del Rio anunció que presentaría en la sesión próxima una indicacion para que se asignara por vía de ▼pension la misma cantidad que, según el artículo desechado, debía darse por una vez a los espresados hijos del finado señor Portales.
Los señores ▼Egaña i ▼Meneses, sufragaron por el artículo i pidieron que se salvase sus votos en el acta.
Tuvo segunda discusión el artículo 71 del proyecto de lei sobre ▼libertad de imprenta; i el señor ▼Egaña quedó en presentar para la sesion próxima este artículo i el 73 redactado conforme a las indicaciones hechas en la sala. Los artículos 72 i 74 fueron aprobados por unanimidad en la forma siguiente:
▼Art. 72. Si el impresor presentase persona responsable, el juez tomará declaracion a ésta en presencia de aquél, sobre si es o nó responsable del impreso acusado. Si lo negare el impresor toca probarlo, i no haciéndolo, puede el mismo responsable en los términos del artículo precedente.
AUT. 74. Dentro de 48 horas despues de la prision del acusado se procederá al sorteo de siete jueces i tres suplentes que deben componer el jurado especial que ha de fallar definitivamente en la causa.
Se tomó en consideracion el artículo 75 i fué reservado para la sesion próxima con los siguientes artículos del mismo proyecto de lei sobre el uso de la libertad de Imprenta, i en este estado se levantó la sesion. —▼TOCORNAI.