330 | CÁMARA DE SENADORES |
▼provincia de ▼Colchagua, la que despues de tomada en consideración por esta Cámara fué I aprobada en los términos siguientes:
▼Artículo único. —La ▼capital de la provincia de Colchagua es la ciudad de ▼San Fernando.
Dios guarde a V. E. —Santiago, 24 de Julio de 1840. —▼Manuel Montt. —▼José Miguel Arístegui. —A S. E. el ▼Presidente de la Cámara de Senadores.
La ▼Comision de Gobierno es de opinion que debe adoptarse el adjunto proyecto de lei por la superior poblacion de la ciudad de San Fernando i principalmente por su posicion central.
Santiago, 3 de Agosto de 1840. —▼A Bello . —▼J. M. Ortúzar.
Núm. 255 [1]
▼La ▼Comision de Gobierno se ha detenido en el exámen del espediente formado por la ▼Municipalidad de Colchagua que comprende dos ideas: 1.ª que tenga la denominacion de ▼capital de provincia la ciudad de ▼San Fernando; 2.° que la autorice para formar una guardia de serenos para hacer sostener el órden i proveer a la seguridad de aquellas poblaciones; con lo que ha espuesto el señor Fiscal de la Corte Suprema, la Comision es de parecer: I.° que siendo el bien común la regla de todas nuestras acciones i la conducta que debe observar cualquier Gobierno que hubiere de llamarse arreglado i justo, debe accederse a esta solicitud mucho mas sí se considera que la leí que señala la demarcacion de provincias, está en desuso i que debe creerse ya derogada por acuerdos posteriores de la lejislatura.
En cuanto a lo segundo, no proponiéndose por el ▼Intendente de Colchagua medios i arbitrios oportunos para el establecimiento de serenos que desean, laComision la mira inadmisible por ahora. Una contribución a este objeto, atendidas las angustias que aflijen a los pueblos, seria mirado por todos con horror. Sí el Cabildo ni los vecinos pueden facilitar ausilios de ninguna clase al Gobierno para plantear esta guardia, seria prudente abandonar por ahora esta idea, hasta que, cesando las necesidades actuales, se encuentren recursos suficientes para poner en ejecución esta providencia de conocida utilidad para la provincia.
Sin embargo, la Sala resolverá lo que sea mas acertado.
Santiago, Agosto 12 de 1835. —J. M. de Rozas.
- ↑ En el Senado se habia propuesto, en sesion del 8 de Octubre de 1834.de conferir a la ciudad de San Fernando el rango de capital de la provincia de Colchagua; i habiéndose pedido informe, la Comision redacló el presente dictámen, que nunca se presentó en sesion alguna. Lo agregamos aquí como antecedente ilustrativo. (Nota del Recopilador.)